Consejo de Seguridad Nuclear. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-12193)
Resolución de 9 de junio de 2025, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Xunta de Galicia, sobre planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Lunes 16 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 79069

Segundo.
Que el Decreto 49/2024, de 22 de abril, así como el Decreto 136/2024, de 20 de
mayo, por el que se establece la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de
Galicia, confiere a la Consellería de Presidencia, Justicia e Deportes las atribuciones
relativas a Protección Civil y Gestión de Emergencias de Galicia que ejercía la
Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo.
Tercero.
Que la firma de este convenio y los compromisos asumidos por las partes en el
mismo se han demostrado como herramienta fundamental en la consecución de los
objetivos y en la puesta en práctica y desarrollo de las actuaciones necesarias para la
planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.
En consecuencia, y en virtud de lo establecido en la cláusula decimocuarta del
convenio que recoge la posibilidad de prórroga de otros cuatro años adicionales
mediante acuerdo unánime de las partes suscrito con anterioridad a la fecha de su
finalización, una vez evaluadas las necesidades técnicas y con el fin de dar continuidad a
la prestación del objeto del citado convenio, las partes firmantes de esta prórroga
estiman necesario continuar con dicha colaboración por un nuevo período de cuatro
años más, de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la prórroga.
Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por un periodo de cuatro años, del
convenio sobre planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia
radiológica, suscrito el 2 de junio de 2021 (BOE núm. 139, de 11 de junio de 2021).
Segunda.

Conservación del clausulado y obligaciones de las partes.

Las cláusulas suscritas en el convenio firmado el 2 de junio de 2021 quedan vigentes
e inalterables durante el presente acuerdo de prórroga.
Tercera. Vigencia.
La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes, resultando eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el REOICO. Asimismo, será publicada en el BOE en el plazo de diez
días hábiles desde su formalización.
Cuarta.

Régimen jurídico.

Las partes manifiestan su plena conformidad con el presente convenio, en Madrid,
a 29 de mayo de 2025.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear el Presidente, Juan Carlos
Lentijo Lentijo.–Por la Xunta de Galicia, el Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes,
Diego Calvo Pouso.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-12193
Verificable en https://www.boe.es

El presente acuerdo de prórroga tiene carácter administrativo, y al igual que el
convenio del que trae causa, se rige por lo dispuesto en el título preliminar, capítulo VI,
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo de
aplicación para dicha prórroga lo dispuesto en el artículo 49 h) 2.º de la esta norma.