Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-12161)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Escuderos II, de 14,4 MW de potencia, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico FV Escuderos II, de 48,29 MW de potencia instalada, ubicado en la provincia de Cuenca».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Lunes 16 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 78911

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
12161

Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Escuderos II,
de 14,4 MW de potencia, y su infraestructura de evacuación, para su
hibridación con el parque solar fotovoltaico FV Escuderos II, de 48,29 MW de
potencia instalada, ubicado en la provincia de Cuenca».

Con fecha 11 de febrero de 2025, tiene entrada en esta Dirección General solicitud
de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto
«Módulo de generación eólica Escuderos II, de 14,4 MW de potencia, y su infraestructura
de evacuación, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico FV Escuderos II,
de 48,29 MW de potencia instalada, ubicado en la provincia de Cuenca», en los términos
municipales de Pineda de Gigüela y Torrejoncillo del Rey, promovido por Elawan
Fotovoltaica Escuderos 2, SL, al amparo del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de
medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de
Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad.
Tras la subsanación del expediente por el promotor, se verifica que el proyecto reúne
los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decretoley 20/2022.
El proyecto consiste en un parque eólico, denominado Escuderos II Híbrido, de 14,4
MW de potencia instalada, que hibridará con la planta solar fotovoltaica Escuderos II,
de 48,29 MW de potencia instalada. El parque está compuesto por 2 aerogeneradores
con un diámetro de rotor de 172 m, montados sobre torres tubulares cónicas de acero
de 125 m de altura, con una altura de 211 m en punta de pala. La infraestructura de
evacuación corresponde a una línea eléctrica subterránea a 30 kV de 14,28 km de
longitud, que partirá de los centros de transformación de los aerogeneradores hasta la
subestación existente Torrejoncillo del Rey 132/30 kV. El resto de la infraestructura de
evacuación, desde dicha subestación eléctrica hasta su conexión a la red de transporte
en la subestación eléctrica Villanueva de los Escuderos 400 kV de REE, se encuentra en
funcionamiento. Está prevista la ejecución de 2.313 m de viales de 6 m de ancho
pavimentados con zahorra, de los cuales 1.866 m serán de nueva construcción y 447 m
corresponderán a adecuaciones de caminos existentes. La duración de las obras se
estima en 5 meses y la vida útil de la instalación en 30 años.
Colindante con el parque eólico, se encuentra el parque eólico de hibridación
Escuderos III, y próximo en la misma alineación, el parque eólico de hibridación
Escuderos V. Más alejados al sur, se encuentran los parques eólicos de hibridación
Escuderos I y Escuderos IV. Estos parques se encuentran en diferentes fases de
tramitación ambiental y vierten su energía en la subestación Torrejoncillo del
Rey 132/30 kV.

cve: BOE-A-2025-12161
Verificable en https://www.boe.es

Antecedentes de hecho