Tribunal Constitucional. I. Disposiciones generales. Cuestiones de inconstitucionalidad. (BOE-A-2025-12198)
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1254-2025, en relación con el inciso final «y el interés se devengará hasta el momento en que se haya dictado la nueva liquidación» del párrafo segundo del artículo 150.7 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, por posible vulneración del art. 24.1 CE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 79079
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
12198
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1254-2025, en relación con el inciso final
«y el interés se devengará hasta el momento en que se haya dictado la
nueva liquidación» del párrafo segundo del artículo 150.7 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, por posible vulneración del art. 24.1
CE.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 10 de junio de 2025, ha
acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1254-2025,
planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía con sede en Málaga, en el procedimiento ordinario 1032-2023, en relación
con el inciso final «y el interés se devengará hasta el momento en que se haya dictado la
nueva liquidación» del párrafo segundo del artículo 150.7 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, por posible vulneración del art. 24.1 CE, y, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la
presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en
el procedimiento ordinario 1032-2023, podrán personarse ante este Tribunal dentro de
los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del
Estado».
cve: BOE-A-2025-12198
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de junio de 2025.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 79079
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
12198
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1254-2025, en relación con el inciso final
«y el interés se devengará hasta el momento en que se haya dictado la
nueva liquidación» del párrafo segundo del artículo 150.7 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, por posible vulneración del art. 24.1
CE.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 10 de junio de 2025, ha
acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1254-2025,
planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía con sede en Málaga, en el procedimiento ordinario 1032-2023, en relación
con el inciso final «y el interés se devengará hasta el momento en que se haya dictado la
nueva liquidación» del párrafo segundo del artículo 150.7 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, por posible vulneración del art. 24.1 CE, y, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la
presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en
el procedimiento ordinario 1032-2023, podrán personarse ante este Tribunal dentro de
los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del
Estado».
cve: BOE-A-2025-12198
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de junio de 2025.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.
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