Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. I. Disposiciones generales. Moneda metálica. Acuñación. (BOE-A-2025-12200)
Orden ECM/630/2025, de 10 de junio, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de una onza de oro dedicadas al «Oso Pardo».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 79766

Desde el año 2021 se vienen emitiendo con periodicidad anual monedas de
colección de una onza de oro dedicadas a animales que forman parte de la fauna de la
Península Ibérica. La primera de estas emisiones fue dedicada al lince ibérico, y la última
de este mismo tipo fue aprobada mediante Orden ECM/561/2024, de 6 de junio, por la
que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección
de una onza de oro dedicadas al «Águila Imperial». Siguiendo con este motivo, se
acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de una
onza de oro dedicadas al «Oso Pardo».
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Acuerdo de emisión.
Se acuerda, para el año 2025, la emisión, acuñación y puesta en circulación de
monedas de colección de una onza de oro dedicadas al «Oso Pardo».
Artículo 2. Características de las piezas.
La emisión se compone de una pieza de una onza de oro, de valor facial 1,5 euro,
con el siguiente detalle:
Moneda de 1,5 euro de valor facial (1 onza de oro de 999,9 milésimas).
Tolerancia en ley: Contenido mínimo de 999,9 milésimas de oro fino.
Peso: 31,104 g mínimo.
Diámetro: 37,20 mm.
Forma: Circular con canto estriado.
Motivos:
En el anverso, aparece una representación de los motivos y leyendas de un real de
tipo columnario: dos hemisferios bajo corona real, flanqueados por las columnas de
Hércules con el lema PLUS VLTRA, todo ello sobre un mar con oleaje. En el centro
superior de la pieza, dentro de un círculo, en forma de imagen latente cuádruple,
aparecen la marca de Ceca, una estrella de cinco puntas, el símbolo gráfico del euro y la
silueta del columnario. En la parte superior, en mayúsculas y en sentido circular, aparece
la leyenda FELIPE VI REY DE ESPAÑA. En la parte inferior de la moneda, en sentido
circular y en mayúsculas, figura la leyenda 1 ONZA 999,9 ORO. Rodea los motivos y
leyendas una gráfila de piñones.
En el reverso, se reproduce una imagen de un oso pardo. A su izquierda, en forma
circular y en mayúsculas, aparece la leyenda OSO PARDO; a su derecha, se sitúa la
marca de Ceca y el año de acuñación 2025. En la parte superior de la moneda, en
sentido horizontal y en mayúsculas, figura el valor de la pieza, 1,5 EURO. Rodea los
motivos y leyendas una gráfila de piñones.
Artículo 3. Número máximo de piezas.
El número máximo de piezas que se acuñen será de 10.000.
Se autoriza a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda,
Entidad Pública Empresarial, Medio Propio a destinar a los fondos numismáticos del
Museo de esta entidad hasta un máximo de cinco monedas de las acuñadas en virtud de
la presente orden ministerial y, en su caso, aquellos elementos industriales de su
fabricación que, por las características de la emisión, revistan interés numismático o
museológico.
Artículo 4. Fecha inicial de emisión.
La fecha inicial de emisión tendrá lugar durante el segundo cuatrimestre de 2025.

cve: BOE-A-2025-12200
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Núm. 145