Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12276)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital y el Organismo Autónomo Parque Móvil del Estado, O.A., para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la «Gestión Integrada de Servicios de Registro» como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Martes 17 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 80563

– Si 1.000.000 ≤ N < 2.000.000, la contribución anual al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del convenio, o de cada una de sus prórrogas será 30.000
euros.
– Si 2.000.000 ≤ N, la contribución anual al mantenimiento del servicio durante la
vigencia inicial del convenio o de cada una de sus prórrogas será de 50.000 euros.
Para el cálculo de la contraprestación económica anual para al mantenimiento de la
sostenibilidad funcional y técnica del sistema, se debe estimar el número N de asientos
registrales anuales de la siguiente manera:
– El Número de Registros N es anual, independientemente del número de
anualidades que comprenda la vigencia del convenio.
– Se deben tener en cuenta todos los registros de entrada/salida que se realicen a
través de la aplicación web GEISER, tanto los que se asienten en las oficinas de registro,
como en las unidades de tramitación.
– Se deben tener en cuenta todos los registros de entrada/salida que se realicen a
través de los servicios web de GEISER (REGECO), para operar desde las Sedes
Electrónicas o cualesquiera aplicaciones integradas con GEISER.
– No se contabilizan los registros realizados con efecto exclusivo de
anotación/apunte registral que no incluyan documentación adjunta y que se realicen a
través de los Servicios web (REGECO). Este tipo de asientos únicamente dan
conformidad jurídica con un número de registro único del Registro Electrónico General
de la AGE, la fecha y la hora del apunte.
ANEXO II
Estimación de uso

cve: BOE-A-2025-12276
Verificable en https://www.boe.es

Don Miguel Ángel Cepeda Caro, Director General del Parque Móvil del Estado, O.A.
declara que, para el primer año de vigencia del convenio, se estima un total de 3.500
asientos registrales. En los años sucesivos, si se hubiesen detectado variaciones
respecto a la estimación inicial, el Mecanismo de Seguimiento podrá ajustar la
contribución correspondiente a cada anualidad en función del uso real de los recursos,
siempre que dichos reajustes no supongan un incremento económico de la cifra total
comprometida ni aumento del plazo global. En caso de no producirse este ajuste, la
contribución permanecerá sin variación.
Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada
anualidad de vigencia del convenio los compromisos financieros asumidos.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X