Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12282)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Gerencia Informática de la Seguridad Social y el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en materia de intercambio de información para la elaboración de análisis estadísticos y estudios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80622
las pensiones y la planificación y tutela de la gestión ejercida por las entidades
colaboradoras de la Seguridad Social.
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, de acuerdo con el Real
Decreto 501/2024, de 21 de mayo, tiene encomendadas, entre otras, las siguientes
funciones:
– El desarrollo, elaboración y coordinación de las funciones económico-financieras
de la Seguridad Social que corresponden al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, llevando a cabo su planificación junto con las proyecciones de ingresos y
gastos del sistema de la Seguridad Social, así como la elaboración de los informes
preceptivos para la Comisión Permanente de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos
del Pacto de Toledo y para la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, sin
perjuicio de las competencias que ostentan las entidades gestoras y los servicios
comunes de la Seguridad Social en la elaboración de sus respectivas previsiones de
ingresos y en la elaboración de sus anteproyectos de presupuestos, como titulares de los
ficheros y bases de datos de la Seguridad Social.
– La elaboración de la memoria económica y de impacto presupuestario de cada una
de las disposiciones que tengan incidencia en los recursos o los gastos del sistema de la
Seguridad Social.
– La elaboración del Informe Económico-Financiero a los Presupuestos de la
Seguridad Social.
– El diseño metodológico, desarrollo, mantenimiento, supervisión y explotación del
sistema estadístico de la Seguridad Social y sus indicadores, así como la coordinación
de toda actividad de estudio e investigación, sin perjuicio de las competencias atribuidas,
en el ámbito estadístico-contable, a la Intervención General de la Seguridad Social, a las
entidades gestoras y a los servicios comunes de la Seguridad Social.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo con el Real
Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del
Instituto Nacional de la Seguridad Social, tiene encomendada la gestión y
administración de las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social.
Entre las competencias que tiene atribuidas el Instituto Nacional de la Seguridad
Social, en virtud de dicho Real Decreto, se encuentra el reconocimiento y control del
derecho a las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social en su
modalidad contributiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Servicio Público
de Empleo Estatal en materia de prestaciones de protección por desempleo y al
Instituto Social de la Marina en relación con el Régimen Especial de los Trabajadores
del Mar, así como el reconocimiento y control del derecho a las prestaciones
económicas del sistema de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, con
excepción de aquellas cuya gestión esté atribuida al Instituto de Mayores y Servicios
Sociales o servicios competentes de las comunidades autónomas.
El Instituto Social de la Marina, de acuerdo con el Real Decreto 504/2011, de 8 de
abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina, tiene
encomendada la gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social de los
Trabajadores del Mar como entidad gestora de la Seguridad Social.
Asimismo, entre las competencias que tiene atribuidas el Instituto Social de la
Marina, en virtud del Real Decreto 504/2011, anteriormente mencionado, se encuentra la
gestión, administración y reconocimiento del derecho a las prestaciones del Régimen
Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, así como la inscripción de
empresas, afiliación, altas, bajas y variación de datos de los trabajadores adscritos a
dicho Régimen Especial en colaboración con la Tesorería General de la Seguridad
Social, la colaboración con la Tesorería General de la Seguridad Social en la gestión de
la cotización y la función recaudatoria en período voluntario en el sector marítimopesquero y la gestión de las prestaciones por desempleo de los trabajadores incluidos en
cve: BOE-A-2025-12282
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80622
las pensiones y la planificación y tutela de la gestión ejercida por las entidades
colaboradoras de la Seguridad Social.
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, de acuerdo con el Real
Decreto 501/2024, de 21 de mayo, tiene encomendadas, entre otras, las siguientes
funciones:
– El desarrollo, elaboración y coordinación de las funciones económico-financieras
de la Seguridad Social que corresponden al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, llevando a cabo su planificación junto con las proyecciones de ingresos y
gastos del sistema de la Seguridad Social, así como la elaboración de los informes
preceptivos para la Comisión Permanente de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos
del Pacto de Toledo y para la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, sin
perjuicio de las competencias que ostentan las entidades gestoras y los servicios
comunes de la Seguridad Social en la elaboración de sus respectivas previsiones de
ingresos y en la elaboración de sus anteproyectos de presupuestos, como titulares de los
ficheros y bases de datos de la Seguridad Social.
– La elaboración de la memoria económica y de impacto presupuestario de cada una
de las disposiciones que tengan incidencia en los recursos o los gastos del sistema de la
Seguridad Social.
– La elaboración del Informe Económico-Financiero a los Presupuestos de la
Seguridad Social.
– El diseño metodológico, desarrollo, mantenimiento, supervisión y explotación del
sistema estadístico de la Seguridad Social y sus indicadores, así como la coordinación
de toda actividad de estudio e investigación, sin perjuicio de las competencias atribuidas,
en el ámbito estadístico-contable, a la Intervención General de la Seguridad Social, a las
entidades gestoras y a los servicios comunes de la Seguridad Social.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo con el Real
Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del
Instituto Nacional de la Seguridad Social, tiene encomendada la gestión y
administración de las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social.
Entre las competencias que tiene atribuidas el Instituto Nacional de la Seguridad
Social, en virtud de dicho Real Decreto, se encuentra el reconocimiento y control del
derecho a las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social en su
modalidad contributiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Servicio Público
de Empleo Estatal en materia de prestaciones de protección por desempleo y al
Instituto Social de la Marina en relación con el Régimen Especial de los Trabajadores
del Mar, así como el reconocimiento y control del derecho a las prestaciones
económicas del sistema de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, con
excepción de aquellas cuya gestión esté atribuida al Instituto de Mayores y Servicios
Sociales o servicios competentes de las comunidades autónomas.
El Instituto Social de la Marina, de acuerdo con el Real Decreto 504/2011, de 8 de
abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina, tiene
encomendada la gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social de los
Trabajadores del Mar como entidad gestora de la Seguridad Social.
Asimismo, entre las competencias que tiene atribuidas el Instituto Social de la
Marina, en virtud del Real Decreto 504/2011, anteriormente mencionado, se encuentra la
gestión, administración y reconocimiento del derecho a las prestaciones del Régimen
Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, así como la inscripción de
empresas, afiliación, altas, bajas y variación de datos de los trabajadores adscritos a
dicho Régimen Especial en colaboración con la Tesorería General de la Seguridad
Social, la colaboración con la Tesorería General de la Seguridad Social en la gestión de
la cotización y la función recaudatoria en período voluntario en el sector marítimopesquero y la gestión de las prestaciones por desempleo de los trabajadores incluidos en
cve: BOE-A-2025-12282
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 145