Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-12266)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala Administrativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 80506
5. Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas: El pago de las tasas por
derechos de examen podrá realizarse de dos formas:
a) Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y
siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.
b) Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del
Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.
Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por
la UNED, el estado del pago pasará de «pendiente» a «pagado». Este trámite puede
tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.
6. Resumen: En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados
anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la
exactitud de los datos, y de ser correctos los mismos debe validarlos antes de dar al
botón «Registrar».
7. Final: En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de solicitud.
Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada
correctamente.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo demandar su modificación dentro del plazo de solicitudes mediante
escrito motivado.
Admisión de aspirantes.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado de la
Universidad dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta
resolución, que será publicada en la página web de la universidad, constará la relación
de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión, así como la fecha y
el lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición. En la página web
también se publicará cualquier modificación relativa a la fecha y lugar de celebración del
primer ejercicio de la fase de oposición.
4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la
relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación en la Página web de la universidad
para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las
relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, en el caso de que se
hubieran producido modificaciones, estas, se expondrán en los mismos lugares en que lo
fueron las relaciones iniciales.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de
las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores, en el supuesto de producirse, y de
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar
fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino
además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.
Los aspirantes que, habiendo solicitado concurrir por el cupo de discapacidad no
cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva,
serán incluidos, de oficio, en la relación provisional y, en su caso, definitiva de aspirantes
admitidos por el sistema general de acceso, siempre que cumplan los restantes
requisitos de participación establecidos en la presente convocatoria, y no incurran en
otras causas de exclusión.
cve: BOE-A-2025-12266
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 80506
5. Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas: El pago de las tasas por
derechos de examen podrá realizarse de dos formas:
a) Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y
siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.
b) Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del
Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.
Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por
la UNED, el estado del pago pasará de «pendiente» a «pagado». Este trámite puede
tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.
6. Resumen: En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados
anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la
exactitud de los datos, y de ser correctos los mismos debe validarlos antes de dar al
botón «Registrar».
7. Final: En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de solicitud.
Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada
correctamente.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo demandar su modificación dentro del plazo de solicitudes mediante
escrito motivado.
Admisión de aspirantes.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado de la
Universidad dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta
resolución, que será publicada en la página web de la universidad, constará la relación
de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión, así como la fecha y
el lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición. En la página web
también se publicará cualquier modificación relativa a la fecha y lugar de celebración del
primer ejercicio de la fase de oposición.
4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la
relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación en la Página web de la universidad
para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las
relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, en el caso de que se
hubieran producido modificaciones, estas, se expondrán en los mismos lugares en que lo
fueron las relaciones iniciales.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de
las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores, en el supuesto de producirse, y de
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar
fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino
además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.
Los aspirantes que, habiendo solicitado concurrir por el cupo de discapacidad no
cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva,
serán incluidos, de oficio, en la relación provisional y, en su caso, definitiva de aspirantes
admitidos por el sistema general de acceso, siempre que cumplan los restantes
requisitos de participación establecidos en la presente convocatoria, y no incurran en
otras causas de exclusión.
cve: BOE-A-2025-12266
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.