Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061692)
Resolución de 21 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de transformación en riego de 37,14 ha de olivar y almendros, en el polígono 21, parcelas 22, 183, 184, 185, 186, 40, 43, 45, 46, 127, 128 y 188, del término municipal de Monterrubio de la Serena, promovido por Pedro Antonio López Medina. Expte.: IA20/0147.
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NÚMERO 82
Miércoles 30 de abril de 2025



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3.2.2 Alternativas de ubicación.

El documento ambiental plantea alternativas de ubicación a la seleccionada, cambio de
actividad, mantener los cultivos tradicionales en secano, o implantación de sistema de
riego por gravedad.
Finalmente, la alternativa seleccionada es la puesta en riego por goteo de las 37,14 ha
de olivar y almendros para mejorar la técnica de la explotación, mejora de producción
y viabilidad económica.
3.3. Características del potencial impacto.


3.3.1. Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.

El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS indica que la
actividad no se encuentra incluida dentro de espacios de la Red Natura 2000 ni de otras
Áreas Protegidas de Extremadura.
Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura 2000
y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
son:


— Grulla común (Grus grus). Catalogado “De interés especial” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas (Decreto 37/2001, modificado por el 78/2018).



3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.

Parte de la superficie de riego se ubicaría en zona de policía del arroyo del Lentiscar y
de un arroyo tributario del arroyo de Vallehermoso, los cuales constituyen el DPH del
Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA). También se encuentra
uno de los pozos en la zona de policía del segundo arroyo mencionado.
El agua necesaria para el riego, cuantificada en una demanda anual de 70.091,89
m3/año según la documentación aportada por el promotor, proviene de cinco pozos de
sondeo.
Las captaciones de aguas subterráneas se encontrarían fuera de MASb relacionada en
el apéndice 4 de las disposiciones normativas del plan Hidrológico de la parte española
de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn), aprobado por el Real Decreto
35/2023, de 24 de enero (BOE n.º 35, de 10/02/2023).