Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061692)
Resolución de 21 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de transformación en riego de 37,14 ha de olivar y almendros, en el polígono 21, parcelas 22, 183, 184, 185, 186, 40, 43, 45, 46, 127, 128 y 188, del término municipal de Monterrubio de la Serena, promovido por Pedro Antonio López Medina. Expte.: IA20/0147.
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NÚMERO 82
Miércoles 30 de abril de 2025
23811
3.3.4. Fauna.
Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura 2000
y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
son:
— Grulla común (Grus grus). Catalogado “De interés especial” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas (Decreto 37/2001, modificado por el 78/2018).
En su informe el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas alega
que La actividad solicitada se va a realizar en una zona de campeo de grulla común, si
bien hay que tener en cuenta que parte de la superficie lleva transformada desde hace
décadas, y el resto lo está desde al menos, el 2020. Se trata, pues de una puesta en
riego de una superficie ya transformada, a excepción de la parcela 128, que está de
tierra arable (TA) en los usos recogidos en el SigPac. Tenemos que tener en cuenta que
está superficie ya cuenta con un informe de afección favorable para la puesta en riego
(CN 20/5785), si bien en ese informe la superficie solicitada eran 18,55 ha de olivar y
31,12 ha de cereal.
En el caso de que existieran alguna afección sobre la fauna, mediante la aplicación de
las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de
la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que este impacto será de carácter compatible.
3.3.5. Vegetación.
La vegetación natural presente en la zona de actuación son algunas encinas, se encuentran varias especies en las parcelas 22,127,185,186 y 46.
Según el informe del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, la toma de datos del
Agente del Medio Natural indica:
— En las parcelas 40, 43, 45, 183, 184 y 188 no existe vegetación forestal.
— En la parcela 22, plantada de olivar, existe una encina; parcela 46, plantada de
almendros (excepto el recinto 1), hay 9 encinas; parcela 185, plantada de olivar,
hay 6 encinas; parcela 186, plantada de olivar, hay 2 encinas. Todas las encinas
son adultas y con correcto estado fitosanitario. En todas las parcelas hay cultivo
dentro del radio de 8 m de las encinas. Almendros y olivos ya tienen instalado el
riego por goteo.
Miércoles 30 de abril de 2025
23811
3.3.4. Fauna.
Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura 2000
y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
son:
— Grulla común (Grus grus). Catalogado “De interés especial” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas (Decreto 37/2001, modificado por el 78/2018).
En su informe el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas alega
que La actividad solicitada se va a realizar en una zona de campeo de grulla común, si
bien hay que tener en cuenta que parte de la superficie lleva transformada desde hace
décadas, y el resto lo está desde al menos, el 2020. Se trata, pues de una puesta en
riego de una superficie ya transformada, a excepción de la parcela 128, que está de
tierra arable (TA) en los usos recogidos en el SigPac. Tenemos que tener en cuenta que
está superficie ya cuenta con un informe de afección favorable para la puesta en riego
(CN 20/5785), si bien en ese informe la superficie solicitada eran 18,55 ha de olivar y
31,12 ha de cereal.
En el caso de que existieran alguna afección sobre la fauna, mediante la aplicación de
las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de
la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que este impacto será de carácter compatible.
3.3.5. Vegetación.
La vegetación natural presente en la zona de actuación son algunas encinas, se encuentran varias especies en las parcelas 22,127,185,186 y 46.
Según el informe del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, la toma de datos del
Agente del Medio Natural indica:
— En las parcelas 40, 43, 45, 183, 184 y 188 no existe vegetación forestal.
— En la parcela 22, plantada de olivar, existe una encina; parcela 46, plantada de
almendros (excepto el recinto 1), hay 9 encinas; parcela 185, plantada de olivar,
hay 6 encinas; parcela 186, plantada de olivar, hay 2 encinas. Todas las encinas
son adultas y con correcto estado fitosanitario. En todas las parcelas hay cultivo
dentro del radio de 8 m de las encinas. Almendros y olivos ya tienen instalado el
riego por goteo.