Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Información Pública. (2025080652)
Anuncio de 29 de marzo de 2025 por el que se somete a información pública la solicitud de autorización ambiental integrada del proyecto de una planta de gestión de residuos y producción de gas renovable Dehesa Alconera, promovido por Logos Energética Extremeña, SL, a ubicar en el término municipal de Alconera, provincia de Badajoz. Expte.: AAI24/006.
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NÚMERO 83
Viernes 2 de mayo de 2025
24179
dispuesto en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el otorgamiento de la autorización ambiental integrada precede a las
demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas (artículo 11.4), no pudiendo
autorizarse o ejecutarse el proyecto sin que previamente se haya formulado el informe de
impacto ambiental (artículo 91.1), incluyendo la autorización ambiental integrada las actuaciones relativas a la evaluación de impacto ambiental del proyecto (artículo 11.2).
Los datos generales del proyecto son:
— Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. La actividad es encuadrable en la
categoría 5.4.a) de su anejo I, relativa a “Valorización, o una mezcla de valorización y
eliminación, de residuos no peligrosos con una capacidad superior a 75 toneladas por
día que incluyan una o más de las siguientes actividades, excluyendo las incluidas en
el Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas
aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas: Tratamiento biológico. Cuando la única actividad de tratamiento de residuos que se lleve a cabo en la instalación
sea la digestión anaeróbica, los umbrales de capacidad para esta actividad serán de 100
toneladas al día”.
— Ley 16/2015, de 23 de abril. El proyecto se encuentra sometido al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental ordinaria, por haberse sido solicitado así por el promotor, de acuerdo con el artículo 62.d).
— Actividad: El proyecto consiste en la construcción y puesta en funcionamiento de planta
de biometanización mediante la valorización de residuos biodegradables para la obtención de biogás, la producción de biometano y la producción de un biofertilizante.
En la planta proyectada, mediante un proceso de digestión anaerobia, se descompondrá la materia orgánica contenida en los residuos, para transformarla en biogás y en un
residuo sólido estabilizado.
El biogás obtenido será utilizado para autoconsumo de la propia planta y el excedente
será sometido a un proceso de depuración mediante separación de CO2 hasta alcanzar
la calidad de biometano, que será inyectado al sistema gasista español mediante un
gasoducto real. El CO2 generado, sale a la atmósfera en una corriente de aire, siendo
una molécula de ciclo corto, neutra en cuanto a emisiones de efecto invernadero.
— Capacidad: La planta tendrá capacidad para tratar hasta 636,99 Tn/día, que suponen
232.000 Tn/año de residuos agrícolas y ganaderos. La planta se ha diseñado para producir 19.350 Nm3 biogás/día, 9.768 Nm3 biometano/día (al descontar lo destinado a
autoconsumo).
Viernes 2 de mayo de 2025
24179
dispuesto en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el otorgamiento de la autorización ambiental integrada precede a las
demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas (artículo 11.4), no pudiendo
autorizarse o ejecutarse el proyecto sin que previamente se haya formulado el informe de
impacto ambiental (artículo 91.1), incluyendo la autorización ambiental integrada las actuaciones relativas a la evaluación de impacto ambiental del proyecto (artículo 11.2).
Los datos generales del proyecto son:
— Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. La actividad es encuadrable en la
categoría 5.4.a) de su anejo I, relativa a “Valorización, o una mezcla de valorización y
eliminación, de residuos no peligrosos con una capacidad superior a 75 toneladas por
día que incluyan una o más de las siguientes actividades, excluyendo las incluidas en
el Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas
aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas: Tratamiento biológico. Cuando la única actividad de tratamiento de residuos que se lleve a cabo en la instalación
sea la digestión anaeróbica, los umbrales de capacidad para esta actividad serán de 100
toneladas al día”.
— Ley 16/2015, de 23 de abril. El proyecto se encuentra sometido al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental ordinaria, por haberse sido solicitado así por el promotor, de acuerdo con el artículo 62.d).
— Actividad: El proyecto consiste en la construcción y puesta en funcionamiento de planta
de biometanización mediante la valorización de residuos biodegradables para la obtención de biogás, la producción de biometano y la producción de un biofertilizante.
En la planta proyectada, mediante un proceso de digestión anaerobia, se descompondrá la materia orgánica contenida en los residuos, para transformarla en biogás y en un
residuo sólido estabilizado.
El biogás obtenido será utilizado para autoconsumo de la propia planta y el excedente
será sometido a un proceso de depuración mediante separación de CO2 hasta alcanzar
la calidad de biometano, que será inyectado al sistema gasista español mediante un
gasoducto real. El CO2 generado, sale a la atmósfera en una corriente de aire, siendo
una molécula de ciclo corto, neutra en cuanto a emisiones de efecto invernadero.
— Capacidad: La planta tendrá capacidad para tratar hasta 636,99 Tn/día, que suponen
232.000 Tn/año de residuos agrícolas y ganaderos. La planta se ha diseñado para producir 19.350 Nm3 biogás/día, 9.768 Nm3 biometano/día (al descontar lo destinado a
autoconsumo).