Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061853)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y Dialogo Social de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Almendral, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 92
26798
Jueves 15 de mayo de 2025
Decimotercera. Régimen jurídico.
El presente Convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, no contractual, y en
lo no dispuesto en el mismo se estará a lo previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las partes se comprometen a resolver de manera amistosa en el seno de la Comisión de Seguimiento prevista
en la Cláusula Séptima las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente
Convenio.
Decimocuarta. Jurisdicción.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación, aplicación,
modificación, resolución y efectos del presente Convenio deberán de solventarse de mutuo
acuerdo entre las partes, a través de los acuerdos que se adopten en la Comisión Mixta prevista en el mismo.
Agotada dicha vía y para el supuesto de que las referidas controversias no hubieran podido
ser solucionadas, el conocimiento de las cuestiones litigiosas competerá a los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en su redacción actual.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad y comprometiéndose a cumplir todas y
cada una de sus partes, se firma electrónicamente este documento.
El Consejero de Presidencia, Interior y
Diálogo Social,
PA, El Secretario General
(Resolución de 4 de octubre de 2023
DOE núm. 194, de 9 de octubre de 2023),
D. DAVID GONZÁLEZ GIL
Ayuntamiento de Almendral,
D. JUAN FRANCISCO TORRESCUSA
MORENO
26798
Jueves 15 de mayo de 2025
Decimotercera. Régimen jurídico.
El presente Convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, no contractual, y en
lo no dispuesto en el mismo se estará a lo previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las partes se comprometen a resolver de manera amistosa en el seno de la Comisión de Seguimiento prevista
en la Cláusula Séptima las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente
Convenio.
Decimocuarta. Jurisdicción.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación, aplicación,
modificación, resolución y efectos del presente Convenio deberán de solventarse de mutuo
acuerdo entre las partes, a través de los acuerdos que se adopten en la Comisión Mixta prevista en el mismo.
Agotada dicha vía y para el supuesto de que las referidas controversias no hubieran podido
ser solucionadas, el conocimiento de las cuestiones litigiosas competerá a los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en su redacción actual.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad y comprometiéndose a cumplir todas y
cada una de sus partes, se firma electrónicamente este documento.
El Consejero de Presidencia, Interior y
Diálogo Social,
PA, El Secretario General
(Resolución de 4 de octubre de 2023
DOE núm. 194, de 9 de octubre de 2023),
D. DAVID GONZÁLEZ GIL
Ayuntamiento de Almendral,
D. JUAN FRANCISCO TORRESCUSA
MORENO