Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061853)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y Dialogo Social de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Almendral, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 92
Jueves 15 de mayo de 2025

26812

sistemas de información del responsable. Estas credenciales nunca pueden ser facilitadas a terceras personas, sean o no empleados del encargado, y los propietarios de
las mismas deben ser únicos responsables del uso que se haga de ellas.
Además, el encargado debe poner en marcha medidas de control para garantizar la
supervisión de las actuaciones para sus trabajadores.
H) PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES de la consejería de PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL.
El personal del encargado del tratamiento que desempeñe sus funciones en las instalaciones del responsable, deberá conocer y cumplir las medidas de seguridad establecidas
en el “Manual de responsabilidades de Seguridad de la Información para usuarios”. Es
responsabilidad del encargado del tratamiento la distribución, cuando sea necesario, de
este manual entre sus trabajadores.
I) TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN POR PARTE DEL encargado A OTRAS ENTIDADES.
El encargado del tratamiento no puede transmitir, enviar, compartir o poner a disposición de otras entidades información propiedad del responsable, a no ser que de manera
previa haya sido expresamente autorizado para hacerlo, independientemente del medio
o formato de la información y de su contenido. En el caso de existir dicha autorización
se deberá velar por el cumplimiento de las siguientes normas:


— Deben extenderse al receptor de la información todas las obligaciones del encargado del tratamiento en materia de Seguridad de la Información impuestas por el
responsable.



— El encargado del tratamiento será responsable del uso y protección de la información
del responsable que le haya sido proporcionada, así como de los perjuicios ocasionados al responsable en los casos en los que la seguridad de la información hubiera
sido comprometida.



— Se podrá transmitir única y exclusivamente la información estrictamente necesaria
para que el encargado del tratamiento autorizado pueda llevar a cabo su cometido.



— La información sólo podrá ser transmitida a los destinatarios autorizados, que han
de estar unívocamente identificados, y por medios que garanticen la identidad del
destinatario.



— En la transmisión de la información se deben aplicar mecanismos que imposibiliten
el acceso a ella por parte de otras entidades no autorizadas. Igualmente en el almacenamiento de la información en dispositivos portátiles o extraíbles se deben aplicar
mecanismos que imposibiliten dichos accesos.