Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Empresa. Ayudas. (2025040064)
Decreto 36/2025, de 6 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha de un programa de ayudas dirigido a favorecer la competitividad empresarial, a través del desarrollo de proyectos colaborativos para la creación de soluciones innovadoras a retos empresariales, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 94
Lunes 19 de mayo de 2025
27420
d) Resultado e impacto esperado.
e) Presupuesto del proyecto, con un adecuado desglose del coste de cada una de las
tareas a desarrollar.
f) Calendario de ejecución del proyecto.
g) Equipo de trabajo propuesto por la startup o EBT, desglosando un breve curriculum
de las personas que intervendrán y cuáles son las tareas que llevarán a cabo.
1.2. A
cuerdo de colaboración firmado por ambas partes, con el contenido mínimo establecido en el artículo 7 del presente decreto.
1.3. Factura proforma emitida por la startup o EBT que vaya a desarrollar el proyecto,
debiendo estar en la misma lo suficientemente detallado los diferentes costes que
supondrá el desarrollo de los trabajos, debidamente desglosados y justificados conforme a la naturaleza y alcance del reto a llevar a cabo, a los efectos de acreditar que
el coste del proyecto se ajusta a valores de mercado.
En este sentido, dado que la ejecución del proyecto se fundamenta en el establecimiento de un marco de colaboración previo a la presentación de la solicitud, de modo
que se han debido desarrollar unos trabajos previos de identificación del reto y la
necesidad de abordar una solución específica al no existir alternativas accesibles en
el mercado para ello, queda justificado la concurrencia de una serie de características
especiales en la prestación de este tipo de servicios que, en sí mismos, determinan
que no existe en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren. De este modo la empresa solicitante queda eximida de tener que
solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, cuando el importe del
gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de Contratos
del Sector público para el contrato menor, al amparo de lo señalado en el artículo 36.3
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
1.4. C
ertificativo acreditativo emitido por la entidad organizadora del Programa Extremadura Open Innovation o cualquier otro de naturaleza similar, en los casos en los que
los proyectos presentados hubieran surgido de una definición previa a través de la
participación en ese tipo de programas de innovación abierta.
1.5. D
eclaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI), firmado electrónicamente tanto
por la pyme tractora como por la Startup o EBT, conforme al modelo del anexo II.
Lunes 19 de mayo de 2025
27420
d) Resultado e impacto esperado.
e) Presupuesto del proyecto, con un adecuado desglose del coste de cada una de las
tareas a desarrollar.
f) Calendario de ejecución del proyecto.
g) Equipo de trabajo propuesto por la startup o EBT, desglosando un breve curriculum
de las personas que intervendrán y cuáles son las tareas que llevarán a cabo.
1.2. A
cuerdo de colaboración firmado por ambas partes, con el contenido mínimo establecido en el artículo 7 del presente decreto.
1.3. Factura proforma emitida por la startup o EBT que vaya a desarrollar el proyecto,
debiendo estar en la misma lo suficientemente detallado los diferentes costes que
supondrá el desarrollo de los trabajos, debidamente desglosados y justificados conforme a la naturaleza y alcance del reto a llevar a cabo, a los efectos de acreditar que
el coste del proyecto se ajusta a valores de mercado.
En este sentido, dado que la ejecución del proyecto se fundamenta en el establecimiento de un marco de colaboración previo a la presentación de la solicitud, de modo
que se han debido desarrollar unos trabajos previos de identificación del reto y la
necesidad de abordar una solución específica al no existir alternativas accesibles en
el mercado para ello, queda justificado la concurrencia de una serie de características
especiales en la prestación de este tipo de servicios que, en sí mismos, determinan
que no existe en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren. De este modo la empresa solicitante queda eximida de tener que
solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, cuando el importe del
gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de Contratos
del Sector público para el contrato menor, al amparo de lo señalado en el artículo 36.3
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
1.4. C
ertificativo acreditativo emitido por la entidad organizadora del Programa Extremadura Open Innovation o cualquier otro de naturaleza similar, en los casos en los que
los proyectos presentados hubieran surgido de una definición previa a través de la
participación en ese tipo de programas de innovación abierta.
1.5. D
eclaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI), firmado electrónicamente tanto
por la pyme tractora como por la Startup o EBT, conforme al modelo del anexo II.