Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Empresarial. Ayudas. (2025062058)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura en el ejercicio 2025.
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NÚMERO 98
29041
Viernes 23 de mayo de 2025
Segundo. El artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, dispone que el procedimiento de concesión de la subvención se
iniciará mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la Secretaría General
competente, previa autorización del Consejo de Gobierno cuando la cuantía de la convocatoria
supere 900.000 euros.
Tercero. Según lo previsto en el artículo 7 del Decreto 79/2024, de 23 de julio, el procedi
miento de concesión de las ayudas se realizará en régimen de concesión directa mediante
convocatoria abierta, lo que implica que las subvenciones podrán irse concediendo conforme
se vayan solicitando por las personas y entidades en la cuantía individualizada que resulte de
la aplicación de los requisitos y criterios establecidos en el Decreto referenciado, dentro del
límite de la disponibilidad presupuestaria, tal y como viene establecido en el artículo 22.2 y
29.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma.
Cuarto. Esta convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como también en el
Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura conforme a lo dispuesto en la normativa
vigente en la materia, y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Conforme a lo anterior expuesto y, según se establece en los artículos 23 y 29 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y
habiendo sido autorizada la presente convocatoria por el Consejo de Gobierno, en su sesión
del día 22 de abril de 2025,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria para el ejercicio 2025 de las
ayudas para la financiación de inversiones en bienes de equipo, consistentes en maquinaria
y herramientas ligadas al proceso productivo, para favorecer la modernización de las activi
dades desarrolladas por personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura,
conforme a las bases reguladoras establecidas en el Decreto 79/2024, de 23 de julio.
Segundo. Personas y entidades beneficiarias.
1. P
odrán beneficiarse de estas ayudas las empresas de cualquier forma jurídica, incluido
personas trabajadoras autónomas, que tengan centro productivo en Extremadura y que no
cuenten con personal asalariado a su cargo o bien que dispongan de una plantilla media
que no sea superior a tres personas trabajadoras contratadas por cuenta ajena, en todos
los códigos de cotización que posea, en los doce meses anteriores a la fecha de presenta
29041
Viernes 23 de mayo de 2025
Segundo. El artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, dispone que el procedimiento de concesión de la subvención se
iniciará mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la Secretaría General
competente, previa autorización del Consejo de Gobierno cuando la cuantía de la convocatoria
supere 900.000 euros.
Tercero. Según lo previsto en el artículo 7 del Decreto 79/2024, de 23 de julio, el procedi
miento de concesión de las ayudas se realizará en régimen de concesión directa mediante
convocatoria abierta, lo que implica que las subvenciones podrán irse concediendo conforme
se vayan solicitando por las personas y entidades en la cuantía individualizada que resulte de
la aplicación de los requisitos y criterios establecidos en el Decreto referenciado, dentro del
límite de la disponibilidad presupuestaria, tal y como viene establecido en el artículo 22.2 y
29.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma.
Cuarto. Esta convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como también en el
Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura conforme a lo dispuesto en la normativa
vigente en la materia, y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Conforme a lo anterior expuesto y, según se establece en los artículos 23 y 29 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y
habiendo sido autorizada la presente convocatoria por el Consejo de Gobierno, en su sesión
del día 22 de abril de 2025,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria para el ejercicio 2025 de las
ayudas para la financiación de inversiones en bienes de equipo, consistentes en maquinaria
y herramientas ligadas al proceso productivo, para favorecer la modernización de las activi
dades desarrolladas por personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura,
conforme a las bases reguladoras establecidas en el Decreto 79/2024, de 23 de julio.
Segundo. Personas y entidades beneficiarias.
1. P
odrán beneficiarse de estas ayudas las empresas de cualquier forma jurídica, incluido
personas trabajadoras autónomas, que tengan centro productivo en Extremadura y que no
cuenten con personal asalariado a su cargo o bien que dispongan de una plantilla media
que no sea superior a tres personas trabajadoras contratadas por cuenta ajena, en todos
los códigos de cotización que posea, en los doce meses anteriores a la fecha de presenta