Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062120)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a los cursos de especialización en modalidad presencial, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2025/2026.
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025

29349

El cotejo se realizará o bien en el centro de primera petición o en cualquier otro centro
público de manera presencial de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley
39/2015.
El alumnado que no presente la documentación requerida para el cotejo en los plazos
establecidos en el anexo III de esta resolución, se entenderá que decae su derecho a la
matrícula de estas enseñanzas.
6. S
 i al presentar la solicitud se hubiera omitido alguna documentación, ésta podrá aportarse
en el plazo de reclamaciones que se especifica en el calendario, siempre que la misma no
suponga variación alguna respecto a lo recogido inicialmente en la solicitud.
7. L
 a aportación de datos o documentos falsos puede dar lugar a la pérdida de los derechos
de prioridad que puedan corresponderle, o incluso, la plaza obtenida, independientemente
del momento en el que se detecten.
Decimotercero. Publicación de datos provisionales de solicitantes.
Finalizado el periodo de presentación de solicitudes se procederá a publicar en el tablón de
anuncios del centro educativo, la situación provisional de todos los solicitantes admitidos
ordenados conforme al resuelvo séptimo de esta resolución, con indicación de todas las circunstancias y criterios de prioridad aportados en la solicitud y de aquella documentación que
deba ser cotejada, según el modelo del anexo V, del mismo modo, se publicará el listado de
los participantes excluidos conforme al modelo del anexo VI.
Decimocuarto. Presentación de reclamaciones al listado de datos provisionales de
solicitantes.
1. P
 ublicada la relación provisional, la persona solicitante podrá, en el periodo de reclamaciones establecido en el calendario y según modelo del anexo VII, presentar las alegaciones
que estime oportunas aportando la documentación acreditativa de las mismas. Este proceso podrá realizarse personalmente en las dependencias administrativas del centro educativo donde vaya a cursar estas enseñanzas, o por cualquiera de los medios recogidos en el
apartado tercero del resuelvo decimoprimero.
2. Todo participante podrá pedir por escrito a la dirección del centro información sobre los
listados provisionales y definitivos, en caso de no aparecer en los mismos la condición de
discapacidad de otros participantes por oposición expresa, a efectos de poder ejercer su
derecho de reclamación dentro de los plazos establecidos en el calendario de actuaciones.