Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062175)
Resolución de 15 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación avícola de cebo de pollos, cuyo titular es Carmelo Guerrero Cid, en el término municipal de Fregenal de la Sierra.
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NÚMERO 102
Jueves 29 de mayo de 2025

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No obstante, se recomienda la aplicación de las siguientes medidas:
a) Se recomienda que las luminarias estén dotadas con sistemas de regulación que permitan reducir el flujo luminoso al 50% a determinada hora, manteniendo la uniformidad
en la iluminación, ajustando los niveles de iluminación a las necesidades reales de la luz
y reduciendo el flujo luminoso en horario nocturno de aquellas instalaciones que deban
permanecer encendidas mediante el uso de dispositivos de regulación.
b) Del mismo modo se recomienda contar con detectores de presencia y con sistema de
encendido y apagado que se adapte a las necesidades de luminosidad.
c) Se evitará el uso de fuentes de luz blanca con elevada componente en el color azul por
ser el más perjudicial durante la noche, recomendando el uso de luminarias con longitud
de onda dentro del rango de la luz cálida. En concreto en zonas con buena calidad de
la oscuridad de la noche sería recomendable el uso de lámparas con tecnología LED PC
Ámbar o similar que minimizan los efectos negativos de la luz blanca.
- f – Condiciones de diseño y manejo de la explotación
1. R
 especto a la explotación de la instalación, se atenderá al cumplimiento de los requisitos
establecidos por la normativa sectorial vigente.
2. E
 n su construcción no podrá utilizarse madera, ni cualquier otro tipo de material que dificulte la limpieza y desinfección, constituyendo así una fuente de contagio de enfermedades.
Las puertas y ventanas deben ser de carpintería metálica.
3. L
 a explotación en su conjunto deberá optimizar el uso de energía, y minimizar en la medida
de lo posible los ruidos, partículas, polvo y olores que se generen.
4. L
 as instalaciones y equipos deberán mantenerse en buen estado de conservación y someterse a limpieza y desinfección periódicas. La disposición de las construcciones, instalaciones, utillaje y equipo posibilitará, en todo momento, la realización de una eficaz limpieza,
desinfección, desinsectación y desratización.
5. L
 as explotaciones deberán disponer de utillajes de limpieza y manejo, y ropa y calzado de
uso exclusivo de la explotación, tanto para el personal como las visitas.
6. L
 os piensos destinados a los animales estarán adecuadamente etiquetados y se almacenarán de tal forma que se evite su alteración o deterioro y su contaminación y se prevenga el
acceso a ellos de animales domésticos o silvestres.