Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062174)
Resolución de 16 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación y puesta en marcha de una planta de almacenamiento temporal de residuos de construcción y demolición y una planta dosificadora de hormigón, promovido por Excavaciones y Hormigones Suárez, SL, en el término municipal de Villanueva de la Vera (Cáceres).
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NÚMERO 103

30705

Viernes 30 de mayo de 2025

calculada en base a las directrices establecidas en el anexo IV punto 1.2.c) del Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos, por
valor de 3.050 € (tres mil cincuenta euros).
El concepto de la fianza será: “Para responder de las obligaciones que, frente a la administración, se deriven del ejercicio de la actividad de gestión de residuos, incluida la ejecución
subsidiaria y la imposición de las sanciones previstas legalmente”.
La cuantía de la fianza podrá actualizarse conforme al artículo 16.3 y 16.5 del Decreto
20/2011, de 25 de febrero, por el que establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma
de Extremadura
La fianza podrá constituirse de cualquiera de las formas que permite el artículo 8 de la
Orden de 1 de julio de 1994, por el que se desarrolla el Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se regula el Régimen de Tesorería y Pagos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
9. M
 ientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. En particular, las
condiciones de los almacenamientos deberán evitar el arrastre de los residuos por el viento
o cualquier otra pérdida de residuo o de componentes del mismo.
10. E
 n el caso de que excepcionalmente, junto con los residuos autorizados a gestionar conforme a los apartados a.1 y a.2, se recogiesen residuos peligrosos no autorizados a recoger, estos deberán envasarse, etiquetarse y almacenarse conforme a lo establecido en la
ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
-b- Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y control de
los residuos generados en la actividad
1. L
 os residuos generados por el proceso productivo de la instalación industrial son todos los
incluidos en la tabla de los apartados a.1 y a.2 y cuyo destino, según lo indicado en la citada tabla, sea “gestor autorizado”. Estos residuos generados a raíz del proceso productivo
deberán ser entregados a un gestor autorizado.
2. L
 os residuos que se generarán por las actividades de la planta de almacenamiento de RCD
y la planta dosificadora de hormigón son los siguientes:
RESIDUO

ORIGEN

DESTINO

LER

Residuos de tóner de impresión
distintos de los especificados en el
código 08 03 17

Fotocopias e impresoras

Gestor
Autorizado

08 03 18