Presidencia De La Junta. Medidas Urgentes. (2025DE0003)
Decreto-ley 3/2025, de 27 de mayo, de ayuda excepcional de emergencia a explotaciones ovinas y de cereza especialmente afectadas por desastres naturales en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
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NÚMERO 106
Miércoles 4 de junio de 2025

31533

RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable
al responsable del tratamiento. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
(BOE núm. 276, de 18 de noviembre). Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 59, de 25 de marzo). Reglamento (UE)
2024/3242 del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de diciembre de 2024, por el que se
modifica el Reglamento 2020/2220 en lo que respecta a las medidas específicas adoptadas
con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural para proporcionar ayuda adicional
a los Estados miembros afectados por desastres naturales. Reglamento (UE) 2020/2220 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020, por el que se establecen determinadas disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (Feader) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) en los años 2021 y 2022, y
por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013, (UE) n.º 1306/2013 y (UE) n.º
1307/2013 en lo que respecta a sus recursos y a su aplicación en los años 2021 y 2022 y el
Reglamento (UE) n.º 1308/2013, en lo que respecta a los recursos y la distribución de dicha
ayuda en los años 2021 y 2022. Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo
Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha
finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de
archivos y documentación. Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
Destinatarios a los que se comunicarán sus datos.
En el supuesto de que las ayudas estén financiadas total o parcialmente con fondos europeos, los datos personales tratados en este procedimiento podrán ser cedidos a la Dirección
General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos para llevar a cabo las verificaciones
administrativas previas a la declaración de gastos a la Comisión Europea, conforme el artículo 151 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes
estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola
común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de
Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se
derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013. Asimismo, podrán ser