Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Promoción Empresarial. Ayudas. (2025AC0044)
Acuerdo de 25 de mayo de 2025, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Misión Comercial Directa México 2025 (Código MCD25MEX).
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NÚMERO 107
Jueves 5 de junio de 2025
32218
web: https://tramites.juntaex.es, seleccionando el enlace etiquetado como Registro Electrónico General o el enlace al trámite concreto que en su momento se configure, todo ello
en virtud de lo dispuesto en el apartado 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, e irá dirigida a la Consejería Delegada Extremadura Avante Servicios Avanzados
a Pymes, SLU.
Decimoquinto. Financiación.
1. L
as ayudas que regula este Acuerdo de convocatoria se financiará con cargo al Programa
Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027, recibiendo una cofinanciación de 85% del
fondo, y estando encuadrada en el Objetivo Político 1: “Una Europa más competitiva y
más inteligente”, Prioridad de Inversión: 1.A ‘Transición Digital e Inteligente’, Objetivo específico 1 iii). “el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la
creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”.
2. L
a acción de promoción de carácter internacional será financiada con base en la transferencia presupuestaria que figura en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura TE: “Extremadura Avante Servicios Avanzados Pymes: Promoción Internacional de la Pyme Extremeña”, formalizada a través de la firma del Convenio por el que se
formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la Empresa Pública
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la ejecución del programa de
promoción internacional de la pyme extremeña para el periodo 2023-2026.
3. E
l importe máximo de la presente convocatoria es de 39.259,11 € (treinta y nueve mil doscientos cincuenta y nueve euros con once céntimos), sin perjuicio de la cuantificación final,
de acuerdo con los gastos efectivamente realizados por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, una vez finalizada la acción de promoción internacional.
Disposición final primera. Efectos.
El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura.
Contra el presente acuerdo que no pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso
de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo ante el Secretario General de Economía, Empresa y Comercio, en virtud de lo
dispuesto en la Disposición final tercera del Decreto 137/2024 de 5 de noviembre por el que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por parte de Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SL, dirigidas a la promoción internacional de la Pyme
Extremeña, así como en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de
Jueves 5 de junio de 2025
32218
web: https://tramites.juntaex.es, seleccionando el enlace etiquetado como Registro Electrónico General o el enlace al trámite concreto que en su momento se configure, todo ello
en virtud de lo dispuesto en el apartado 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, e irá dirigida a la Consejería Delegada Extremadura Avante Servicios Avanzados
a Pymes, SLU.
Decimoquinto. Financiación.
1. L
as ayudas que regula este Acuerdo de convocatoria se financiará con cargo al Programa
Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027, recibiendo una cofinanciación de 85% del
fondo, y estando encuadrada en el Objetivo Político 1: “Una Europa más competitiva y
más inteligente”, Prioridad de Inversión: 1.A ‘Transición Digital e Inteligente’, Objetivo específico 1 iii). “el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la
creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”.
2. L
a acción de promoción de carácter internacional será financiada con base en la transferencia presupuestaria que figura en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura TE: “Extremadura Avante Servicios Avanzados Pymes: Promoción Internacional de la Pyme Extremeña”, formalizada a través de la firma del Convenio por el que se
formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la Empresa Pública
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la ejecución del programa de
promoción internacional de la pyme extremeña para el periodo 2023-2026.
3. E
l importe máximo de la presente convocatoria es de 39.259,11 € (treinta y nueve mil doscientos cincuenta y nueve euros con once céntimos), sin perjuicio de la cuantificación final,
de acuerdo con los gastos efectivamente realizados por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, una vez finalizada la acción de promoción internacional.
Disposición final primera. Efectos.
El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura.
Contra el presente acuerdo que no pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso
de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo ante el Secretario General de Economía, Empresa y Comercio, en virtud de lo
dispuesto en la Disposición final tercera del Decreto 137/2024 de 5 de noviembre por el que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por parte de Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SL, dirigidas a la promoción internacional de la Pyme
Extremeña, así como en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de