Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Pruebas De Acceso. (2025050083)
Orden de 28 de mayo de 2025 por la que se regulan las pruebas de acceso a enseñanzas universitarias oficiales de Grado en la Universidad de Extremadura para mayores de veinticinco años, para mayores de cuarenta y cinco años y para mayores de cuarenta años mediante acreditación de experiencia laboral o profesional.
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NÚMERO 107
31872
Jueves 5 de junio de 2025
CAPÍTULO III
Acceso a la Universidad para mayores de cuarenta y cinco años
Artículo 11. Destinatarios mayores de cuarenta y cinco años.
Las personas mayores de cuarenta y cinco años que no posean ninguna titulación académica
habilitante para acceder a la Universidad por otras vías podrán acceder a las enseñanzas uni
versitarias oficiales de Grado mediante la superación de una prueba de acceso adaptada, si
han cumplido la citada edad, o la cumplen en el año natural en que se celebre dicha prueba.
Artículo 12. Convocatoria.
1. Las pruebas de acceso a la Universidad de Extremadura para mayores de cuarenta y cinco
años se convocarán mediante resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura,
antes del 15 de febrero de cada año.
2. E
n la convocatoria de las citadas pruebas, que se publicará en el Diario Oficial de Extre
madura, se mencionarán expresamente el plazo de matrícula y la fecha de realización de
exámenes.
3. La inscripción en las pruebas se formalizará a partir de la segunda quincena de febrero. La
solicitud deberá ir acompañada del currículum vitae de la persona candidata.
Artículo 13. Tribunal calificador de las pruebas.
Los miembros del tribunal calificador de las pruebas de acceso a la Universidad de Extrema
dura para mayores de cuarenta y cinco años serán designados por resolución del Rectorado.
Dicha resolución se hará pública en el momento de publicación de las listas definitivas de
admitidos y excluidos. En el tribunal habrá especialistas en lengua castellana y comentarios
de texto.
Artículo 14. Nivel de conocimientos.
El nivel de conocimientos exigible en las pruebas de acceso para mayores de cuarenta y cinco
años será el equivalente al que capacita para la obtención del título de Graduado en Educación
Secundaria.
Artículo 15. Estructura de la prueba de acceso.
La prueba de acceso a la Universidad para mayores de cuarenta y cinco años tendrá como
objetivo apreciar la idoneidad de las personas candidatas para seguir con éxito estudios uni
31872
Jueves 5 de junio de 2025
CAPÍTULO III
Acceso a la Universidad para mayores de cuarenta y cinco años
Artículo 11. Destinatarios mayores de cuarenta y cinco años.
Las personas mayores de cuarenta y cinco años que no posean ninguna titulación académica
habilitante para acceder a la Universidad por otras vías podrán acceder a las enseñanzas uni
versitarias oficiales de Grado mediante la superación de una prueba de acceso adaptada, si
han cumplido la citada edad, o la cumplen en el año natural en que se celebre dicha prueba.
Artículo 12. Convocatoria.
1. Las pruebas de acceso a la Universidad de Extremadura para mayores de cuarenta y cinco
años se convocarán mediante resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura,
antes del 15 de febrero de cada año.
2. E
n la convocatoria de las citadas pruebas, que se publicará en el Diario Oficial de Extre
madura, se mencionarán expresamente el plazo de matrícula y la fecha de realización de
exámenes.
3. La inscripción en las pruebas se formalizará a partir de la segunda quincena de febrero. La
solicitud deberá ir acompañada del currículum vitae de la persona candidata.
Artículo 13. Tribunal calificador de las pruebas.
Los miembros del tribunal calificador de las pruebas de acceso a la Universidad de Extrema
dura para mayores de cuarenta y cinco años serán designados por resolución del Rectorado.
Dicha resolución se hará pública en el momento de publicación de las listas definitivas de
admitidos y excluidos. En el tribunal habrá especialistas en lengua castellana y comentarios
de texto.
Artículo 14. Nivel de conocimientos.
El nivel de conocimientos exigible en las pruebas de acceso para mayores de cuarenta y cinco
años será el equivalente al que capacita para la obtención del título de Graduado en Educación
Secundaria.
Artículo 15. Estructura de la prueba de acceso.
La prueba de acceso a la Universidad para mayores de cuarenta y cinco años tendrá como
objetivo apreciar la idoneidad de las personas candidatas para seguir con éxito estudios uni