Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062303)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Juan Pedro Fernández Álava, en el término municipal de Montemolín.
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NÚMERO 108
32640
Viernes 6 de junio de 2025
- i - Prescripciones finales.
1. L
a AAU objeto de la presente resolución tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de lo
establecido en los artículos 17 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. E
n su caso, se deberá comunicar el cambio de titularidad en la instalación a la DGS.
3. S
e dispondrá de una copia de la presente resolución en el mismo centro a disposición de
los agentes de la autoridad que lo requieran.
4. E
l incumplimiento de las condiciones de la resolución constituye una infracción que irá
de leve a grave, según el artículo 131 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sancionable con multas hasta de
200.000 euros.
5. C
ontra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la
presente resolución.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, la presente
resolución será firme a todos los efectos legales.
Mérida, 28 de mayo de 2025.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO
32640
Viernes 6 de junio de 2025
- i - Prescripciones finales.
1. L
a AAU objeto de la presente resolución tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de lo
establecido en los artículos 17 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. E
n su caso, se deberá comunicar el cambio de titularidad en la instalación a la DGS.
3. S
e dispondrá de una copia de la presente resolución en el mismo centro a disposición de
los agentes de la autoridad que lo requieran.
4. E
l incumplimiento de las condiciones de la resolución constituye una infracción que irá
de leve a grave, según el artículo 131 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sancionable con multas hasta de
200.000 euros.
5. C
ontra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la
presente resolución.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, la presente
resolución será firme a todos los efectos legales.
Mérida, 28 de mayo de 2025.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO