Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2025062290)
Resolución de 29 de mayo de 2025, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Edistribución Redes Digitales, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Ejecución de nueva línea subterránea de media tensión "Jerez_2" a 15 kV en CD 47481 para arreglo de avería, sito CR Santa Lucía, s/n., 06380, en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz)". Expte.: 06/AT-01788/18482.
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NÚMERO 108
Viernes 6 de junio de 2025

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— El proyecto, por sus características, no está sometido a ningún procedimiento de evaluación ambiental de los previstos en la legislación vigente en materia de protección del
medio ambiente.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar
lo siguiente:
— Durante el trámite de información pública han sido presentadas alegaciones.
— No se han recibido condicionados por las Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés general.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.37 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28
de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de producción,
almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio, correspondiéndole la función legislativa, la potestad reglamentaria y, en ejercicio de la función
ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos procedan. Esta función ejecutiva es realizada por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, según lo
dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la
denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio), correspondiendo el ejercicio de dichas atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con arreglo
a las referencias competenciales recogidas en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que
se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE n.º 145, de 28 de julio), y en el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el citado Decreto 77/2023 (DOE Extraordinario n.º 3, de 16 de
septiembre), siendo competencia de este Servicio la resolución del procedimiento, conforme a
lo dispuesto en el Decreto 221/2012, de 9 de noviembre (DOE n.º 221, de 15 de noviembre).
Segundo. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina que la construcción, puesta en funcionamiento, y modificación de las instalaciones de generación, transporte y
distribución de energía eléctrica están sometidas, con carácter previo, al régimen de autorizaciones establecido en el artículo 53 de la ley indicada y en sus disposiciones de desarrollo.
De conformidad con lo establecido en el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, una vez concluidos los trámites correspondientes, y analizadas las alegaciones y
manifestaciones que se hubieran recibido durante la instrucción del procedimiento, así como