Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanza Universitaria. Becas. (2025040088)
Extracto de la convocatoria incorporada al Decreto 48/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el curso académico 2024/2025.
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NÚMERO 111

33476

Miércoles 11 de junio de 2025

En ningún caso entrarán a formar parte de los mínimos referidos en este apartado los créditos correspondientes a distintas especialidades ni las asignaturas o créditos convalidados,
adaptados o reconocidos.
5. T
 ener la persona solicitante y el padre o la madre con quien conviva vecindad administrativa en Extremadura, cuando se cursen estudios en otra universidad fuera de Extremadura.
6. N
 o estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria, de
conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Estas ayudas se rigen por lo dispuesto en el Decreto 48/2025 de 27 de mayo, por el que se
establecen las bases reguladoras de las becas complementarias para estudios de enseñanzas
universitarias para la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la
primera convocatoria para el curso académico 2024/2025.
Cuarto. Cuantía.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de ochocientos mil euros
(800.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 13010/222D/48000, proyecto de gasto 20040118, denominado “Becas Complementarias para Estudios Universitarios en nuestra
Comunidad Autónoma”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, prorrogados para 2025, en virtud del artículo 58 de la Ley 5/2007 de Hacienda Pública de Extremadura y conforme a lo establecido en Orden de 6 de febrero de 2025
por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024 en el ejercicio 2025 (DOE
n.º 26, de 7 de febrero).
La cuantía máxima de la beca por gastos de residencia durante el curso académico de la convocatoria, equivalente a dos cuatrimestres, será de 2.500 euros.
La cuantía máxima de la beca por gastos de residencia durante un cuatrimestre del curso
académico de la convocatoria será de 1.250 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de
la publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 29 de mayo de 2025.
La Directora General de Universidad,
ESTHER AMALIA MUÑOZ BAQUERO