Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2025062395)
Extracto de la Resolución de convocatoria de 4 de junio de 2025, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan segundo ciclo de Educación Infantil, Enseñanza Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 111
Miércoles 11 de junio de 2025

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de 6 de julio de 2022) y, por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter
básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás
disposiciones básicas del Estado.
Cuarto. Créditos.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de un millón novecientos cuarenta y nueve mil seiscientos doce euros (1.949.612,00 €), con el siguiente desglose
presupuestario:
— Anualidad 2025: Un millón ochocientos ochenta y dos mil euros (1.882.000,00 €),
que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 130090000 G/222G/47000
CAG0000001 20130082, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2025.
— Anualidad 2026: Sesenta y siete mil seiscientos doce euros (67.612,00 €), que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 130090000 G/222G/47000 CAG0000001
20130082, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para 2026.
Quinto. Criterios para la determinación de cuantías.
1. L
 as cuantías a librar a cada centro educativo por el concepto de libros de texto se calcularán
en función de las necesidades previstas por el centro en su proyecto de necesidades, anexo
III de la resolución, teniendo en cuenta el número total de alumnos/as prestatarios/as que
no vayan a ver atendidas sus necesidades a través del banco de libros del centro educativo.
2. C
 on carácter previo a la determinación de las necesidades cada centro educativo procederá
a la actualización del banco de libros mediante la presentación del anexo V de la resolución.
3. T
 al como se establece en la Orden de 8 de abril de 2025 por la que se fijan las cuantías para
financiar la dotación de libros de texto y material escolar y didáctico al alumnado matriculado en enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial en centros
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso
2025/2026, (publicada en el DOE núm. 74, de 16 de abril de 2025), la cuantía establecida
por alumno o alumna prestatario/a de libros de texto será de 120 euros para Educación
Primaria y 150 euros para Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica
y Educación Especial.