Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Agricultura. Ganadería. Notificaciones. (2025080962)
Anuncio de 4 de junio de 2025 por el que se publica la relación de titulares de expedientes en los que ha recaído resolución de revocación de las ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para los ejercicios 2022 y 2023: "Programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero".
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NÚMERO 113
Viernes 13 de junio de 2025
34118
ción de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el caso de que se interponga recurso
de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso- administrativo hasta que sea
resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta por silencio administrativo
del recurso de reposición interpuesto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la Ley
39/2015 reseñada anteriormente. Del mismo modo, contra la resolución podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
a aquel que fuera notificada la presente resolución, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.
El escrito del recurso potestativo de reposición se presentará a través de la plataforma ARADO, en la dirección web abajo indicada, siempre que dispongan de certificado digital o DNI
electrónico.
https://aradoacceso.juntaex.es/
Mérida, 4 de junio de 2025. El Jefe del Servicio de Ayudas Estructurales, ANTONIO JESÚS PI
PÉREZ.
Viernes 13 de junio de 2025
34118
ción de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el caso de que se interponga recurso
de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso- administrativo hasta que sea
resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta por silencio administrativo
del recurso de reposición interpuesto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la Ley
39/2015 reseñada anteriormente. Del mismo modo, contra la resolución podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
a aquel que fuera notificada la presente resolución, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.
El escrito del recurso potestativo de reposición se presentará a través de la plataforma ARADO, en la dirección web abajo indicada, siempre que dispongan de certificado digital o DNI
electrónico.
https://aradoacceso.juntaex.es/
Mérida, 4 de junio de 2025. El Jefe del Servicio de Ayudas Estructurales, ANTONIO JESÚS PI
PÉREZ.