Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2025062382)
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Empleo, de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III, IV y V (DOE de 6 de junio de 2024. Núm. 109).
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NÚMERO 113
Viernes 13 de junio de 2025
34107
RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Empleo,
de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 39/2024, de 30
de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones
para el fomento y consolidación del empleo autónomo en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria
de las ayudas de los Programas I, II, III, IV y V (DOE de 6 de junio de 2024.
Núm. 109). (2025062382)
Vista la propuesta de resolución se formula resolución en base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Único. Las personas beneficiarias que se relacionan en el anexo de la presente resolución,
solicitaron subvención por el Programa II. Ayudas a las personas autónomas que propicien
la inserción laboral de un familiar colaborador reguladas por el Decreto 39/2024, de 30 de
abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y
consolidación del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La competencia para resolver el presente procedimiento corresponde a la Dirección
Gerencia del SEXPE a tenor de lo establecido en el artículo 11 del Decreto 39/2024, de 30
de abril. Dicha competencia se ejerce a través de la persona titular de la Secretaría General
de Empleo conforme a lo establecido en el Decreto 77/2023, de 21 de julio (DOE núm. 145,
de 28 de julio) por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 234/2023, de 12 de septiembre (DOE
extraordinario núm. 3 de 16 de septiembre).
Segundo. Queda acreditado expresamente que tanto los autónomos como los familiares colaboradores reúnen los requisitos exigidos en el Decreto 39/2024, de 30 de abril, en atención
a las siguientes circunstancias concurrentes:
— Solicitud instada durante la vigencia de la convocatoria aprobada dentro del plazo establecido en el artículo 9.1 del Decreto 39/2024, de 30 de abril.
— A la fecha de alta en RETA del colaborador, éstos mantenían la condición de desempleados inscritos en un Servicio Público de Empleo sin ocupación efectiva. Los solicitantes
están en situación de alta en RETA y no están incursos en ninguna de las circunstancias
recogidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Viernes 13 de junio de 2025
34107
RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Empleo,
de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 39/2024, de 30
de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones
para el fomento y consolidación del empleo autónomo en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria
de las ayudas de los Programas I, II, III, IV y V (DOE de 6 de junio de 2024.
Núm. 109). (2025062382)
Vista la propuesta de resolución se formula resolución en base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Único. Las personas beneficiarias que se relacionan en el anexo de la presente resolución,
solicitaron subvención por el Programa II. Ayudas a las personas autónomas que propicien
la inserción laboral de un familiar colaborador reguladas por el Decreto 39/2024, de 30 de
abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y
consolidación del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La competencia para resolver el presente procedimiento corresponde a la Dirección
Gerencia del SEXPE a tenor de lo establecido en el artículo 11 del Decreto 39/2024, de 30
de abril. Dicha competencia se ejerce a través de la persona titular de la Secretaría General
de Empleo conforme a lo establecido en el Decreto 77/2023, de 21 de julio (DOE núm. 145,
de 28 de julio) por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 234/2023, de 12 de septiembre (DOE
extraordinario núm. 3 de 16 de septiembre).
Segundo. Queda acreditado expresamente que tanto los autónomos como los familiares colaboradores reúnen los requisitos exigidos en el Decreto 39/2024, de 30 de abril, en atención
a las siguientes circunstancias concurrentes:
— Solicitud instada durante la vigencia de la convocatoria aprobada dentro del plazo establecido en el artículo 9.1 del Decreto 39/2024, de 30 de abril.
— A la fecha de alta en RETA del colaborador, éstos mantenían la condición de desempleados inscritos en un Servicio Público de Empleo sin ocupación efectiva. Los solicitantes
están en situación de alta en RETA y no están incursos en ninguna de las circunstancias
recogidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.