Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Indicación Geográfica Protegida. (2025040091)
Decreto 52/2025, de 10 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida "Garbanzo de Valencia del Ventoso".
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NÚMERO 114

34162

Lunes 16 de junio de 2025

6. L
 os actos de liquidación de las cuotas obligatorias serán dictados por la persona que ostente la Presidencia y notificados a las empresas, que deberán abonarlas en la cuenta bancaria
o cuentas bancarias designadas por el Consejo Regulador. En caso de impago, dichas cuotas podrán ser exigidas por la vía de apremio.
Las cuotas obligatorias, salvo lo señalado en el párrafo siguiente, se devengarán en las
fechas que determine el Pleno del Consejo Regulador.
Las tarifas relativas a la expedición de etiquetas, contraetiquetas y certificados se devengarán en el momento de la solicitud, pudiendo exigirse su abono con carácter anticipado.
7. E
 statutariamente se podrán regular otros elementos relativos a la gestión y recaudación de
los recursos financieros de la entidad. Asimismo, se podrán regular garantías para el cumplimiento de las obligaciones económicas o fijar penalizaciones en caso de incumplimiento
de las mismas, que tendrán naturaleza de derecho privado.

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