Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Méritos. (2025062433)
Resolución de 11 de junio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas vacantes de Dirección, en régimen de comisión de servicios, en Centros de Profesores y de Recursos de Extremadura.
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NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025
34460
Novena. Evaluación del mandato.
1. Memoria.
Como se establece en el artículo 8 de la Orden de 9 de junio de 2016, el curso en que
termine el mandato de cuatro años, la persona que ostenta la Dirección presentará una
memoria antes del 10 de abril, en la que analice y valore el cumplimiento de los objetivos y
la puesta en práctica de las estrategias de actuación planteadas en el proyecto de Dirección
y los logros obtenidos a lo largo del mandato. En caso de no presentarla se entenderá que
renuncia a la prórroga de su mandato.
2. P
autas de evaluación.
Los servicios competentes de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e
Inclusión Educativa podrán establecer indicaciones concretas para la elaboración de la memoria antes de la finalización del primer trimestre del curso en que haya que presentarla.
3. C
omisión de Evaluación.
La Comisión de Evaluación de la función directiva de los Centros de Profesores y de Recursos estará formada por la Jefa de Servicio de Innovación, Formación del Profesorado
y Emprendimiento, que será su Presidenta, el Jefe de la Unidad de Inspección General de
Educación y Evaluación y, por los Jefes de las Unidades de Programas Educativos de Cáceres y Badajoz o personas en quienes deleguen y por una persona Asesora Técnico Docente.
Serán asistidos por una persona funcionaria que realizará las funciones de secretaría, con
voz y sin voto. En su composición se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
La Comisión de Evaluación tendrá como funciones valorar la memoria presentada por los
candidatos y los informes que pudieran recabarse en el ámbito del Centro de Profesores
y de Recursos y en el Servicio de Inspección y elevar propuesta al titular de la Dirección
General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa de continuidad o no en
el desempeño del cargo de director/a.
Décima. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en
el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 103.1.d) de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Martes 17 de junio de 2025
34460
Novena. Evaluación del mandato.
1. Memoria.
Como se establece en el artículo 8 de la Orden de 9 de junio de 2016, el curso en que
termine el mandato de cuatro años, la persona que ostenta la Dirección presentará una
memoria antes del 10 de abril, en la que analice y valore el cumplimiento de los objetivos y
la puesta en práctica de las estrategias de actuación planteadas en el proyecto de Dirección
y los logros obtenidos a lo largo del mandato. En caso de no presentarla se entenderá que
renuncia a la prórroga de su mandato.
2. P
autas de evaluación.
Los servicios competentes de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e
Inclusión Educativa podrán establecer indicaciones concretas para la elaboración de la memoria antes de la finalización del primer trimestre del curso en que haya que presentarla.
3. C
omisión de Evaluación.
La Comisión de Evaluación de la función directiva de los Centros de Profesores y de Recursos estará formada por la Jefa de Servicio de Innovación, Formación del Profesorado
y Emprendimiento, que será su Presidenta, el Jefe de la Unidad de Inspección General de
Educación y Evaluación y, por los Jefes de las Unidades de Programas Educativos de Cáceres y Badajoz o personas en quienes deleguen y por una persona Asesora Técnico Docente.
Serán asistidos por una persona funcionaria que realizará las funciones de secretaría, con
voz y sin voto. En su composición se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
La Comisión de Evaluación tendrá como funciones valorar la memoria presentada por los
candidatos y los informes que pudieran recabarse en el ámbito del Centro de Profesores
y de Recursos y en el Servicio de Inspección y elevar propuesta al titular de la Dirección
General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa de continuidad o no en
el desempeño del cargo de director/a.
Décima. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en
el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 103.1.d) de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.