Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Méritos. (2025062433)
Resolución de 11 de junio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas vacantes de Dirección, en régimen de comisión de servicios, en Centros de Profesores y de Recursos de Extremadura.
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NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025
34456
d) Las personas candidatas que optan a una plaza serán puntuadas de 0 a 34, de acuerdo
con el baremo establecido en el anexo III de la Orden de 9 de junio de 2016, quedando
excluidos del proceso aquellos que no alcancen una puntuación igual o superior a 17
puntos.
La Comisión asignará una puntuación de cero puntos a los proyectos de Dirección que
incumplan los requisitos de extensión y formato especificados en el apartado 2.a) de la
base tercera de la presente resolución. Igualmente, asignará una puntuación de cero
puntos a los proyectos no originales o copiados en todo o en parte.
e) La Comisión de Selección, mediante una resolución provisional, hará públicas en la
página web https://formacion.educarex.es/292-sites/3183-procesoselecioncpr las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en esta Fase Primera. Asimismo, publicará una
relación de los candidatos que no hayan superado esta fase. Los aspirantes dispondrán
de tres días hábiles para efectuar posibles renuncias o reclamaciones contra las puntuaciones, ante la persona que ostente la Presidencia de la Comisión de Selección. Dichas
reclamaciones, se enviarán vía correo electrónico, a la dirección:
innovacionyformacion@educarex.es , indicando en el asunto: Convocatoria Dirección
CPR.
f) Finalizado el plazo, mediante el mismo procedimiento establecido en el apartado anterior, se harán públicas las puntuaciones definitivas obtenidas por los aspirantes en la
fase primera.
3. F
ase segunda. Baremación de méritos.
a) En la segunda fase del procedimiento de selección se valorará la presentación, por parte de las personas aspirantes, de méritos académicos, experiencia docente y directiva,
historial formativo y experiencia en la formación, publicaciones y cualquier otro que se
estime adecuado según lo establecido en el baremo que aparece como anexo V de esta
convocatoria.
b) Cada actividad formativa solo podrá computar en uno de los apartados del baremo de
méritos, de forma que, si se valora como relacionada con el área o materia de la especialidad a la que se opta, no podrá hacerse en otro apartado del baremo.
c) En esta fase las personas aspirantes serán puntuados de 0 a 16, quedando excluidos del
proceso quienes no alcancen una puntuación igual o superior a 8 puntos.
d) La Comisión de Selección hará pública, en los tablones de anuncios de las Delegaciones
Provinciales y en la página web
Martes 17 de junio de 2025
34456
d) Las personas candidatas que optan a una plaza serán puntuadas de 0 a 34, de acuerdo
con el baremo establecido en el anexo III de la Orden de 9 de junio de 2016, quedando
excluidos del proceso aquellos que no alcancen una puntuación igual o superior a 17
puntos.
La Comisión asignará una puntuación de cero puntos a los proyectos de Dirección que
incumplan los requisitos de extensión y formato especificados en el apartado 2.a) de la
base tercera de la presente resolución. Igualmente, asignará una puntuación de cero
puntos a los proyectos no originales o copiados en todo o en parte.
e) La Comisión de Selección, mediante una resolución provisional, hará públicas en la
página web https://formacion.educarex.es/292-sites/3183-procesoselecioncpr las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en esta Fase Primera. Asimismo, publicará una
relación de los candidatos que no hayan superado esta fase. Los aspirantes dispondrán
de tres días hábiles para efectuar posibles renuncias o reclamaciones contra las puntuaciones, ante la persona que ostente la Presidencia de la Comisión de Selección. Dichas
reclamaciones, se enviarán vía correo electrónico, a la dirección:
innovacionyformacion@educarex.es , indicando en el asunto: Convocatoria Dirección
CPR.
f) Finalizado el plazo, mediante el mismo procedimiento establecido en el apartado anterior, se harán públicas las puntuaciones definitivas obtenidas por los aspirantes en la
fase primera.
3. F
ase segunda. Baremación de méritos.
a) En la segunda fase del procedimiento de selección se valorará la presentación, por parte de las personas aspirantes, de méritos académicos, experiencia docente y directiva,
historial formativo y experiencia en la formación, publicaciones y cualquier otro que se
estime adecuado según lo establecido en el baremo que aparece como anexo V de esta
convocatoria.
b) Cada actividad formativa solo podrá computar en uno de los apartados del baremo de
méritos, de forma que, si se valora como relacionada con el área o materia de la especialidad a la que se opta, no podrá hacerse en otro apartado del baremo.
c) En esta fase las personas aspirantes serán puntuados de 0 a 16, quedando excluidos del
proceso quienes no alcancen una puntuación igual o superior a 8 puntos.
d) La Comisión de Selección hará pública, en los tablones de anuncios de las Delegaciones
Provinciales y en la página web