Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062409)
Resolución de 7 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la gestión de residuos para aparatos eléctricos y electrónicos, promovida por la Fundación Magdalena Moriche, en el término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025

34579

h) Medidas a aplicar en situaciones anormales de explotación que puedan
afectar al medio ambiente
Fugas, fallos de funcionamiento:
1. E
 n caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU, el titular de la instalación industrial deberá:
a) Comunicarlo a la DGS en el menor tiempo posible, mediante correo electrónico o fax,
sin perjuicio de la correspondiente comunicación por vía ordinaria.
b) Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el plazo
más breve posible y para evitar la repetición del incidente. Cuando exista peligro inminente para la salud de las personas o el medio ambiente, se suspenderá el funcionamiento de la instalación hasta eliminar la situación de riesgo.
c) En particular, en caso de desaparición o pérdida de residuos, el titular de la instalación
industrial deberá, además, adoptar las medidas necesarias para la recuperación y correcta gestión del residuo.
2. E
 l titular de la instalación industrial dispondrá de un plan específico de actuaciones y medidas para situaciones de emergencias por funcionamiento con posibles repercusiones en
la calidad del medio ambiente.
Paradas temporales y cierre:
En el caso de paralización definitiva de la actividad o de paralización temporal por plazo superior a dos años, el titular de la AAU deberá entregar todos los residuos existentes en la
instalación industrial a un gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular; y dejar la instalación industrial en
condiciones adecuadas de higiene medio ambiental.
El condicionado indicado anteriormente se emite sin perjuicio del cumplimiento de cualquier
normativa que le sea de aplicación al desarrollo de la actividad.
Prescripciones finales:
1. L
 a autorización ambiental unificada tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 17 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. S
 e dispondrá de una copia de la presente resolución en el mismo centro a disposición de
los agentes de la autoridad que lo requieran.