Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062426)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se autoriza la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada del proyecto de planta de biomasa de 49,9 MWe, titularidad de Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU, en el término municipal de Logrosán, provincia de Cáceres.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025



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— Implantación de un nuevo punto de control (PC-5): localizado en la salida del separador de hidrocarburos (HC-1) en la zona de turbina. En la versión anterior la salida del
separador de hidrocarburos 1 se unía con la salida del separador de hidrocarburos de
la zona de transformadores (anteriormente HC-4 y ahora HC-3) antes de un punto
de control común. En la nueva disposición cada separador dispondrá de un punto de
control asociado, lo cual facilitará el diseño de las redes.



— Ajuste de las capacidades de los equipos de tratamiento de efluentes: la gestión
de efluentes mantiene los mismos equipos de depuración de efluentes, si bien, se
modifican sus capacidades de tratamiento ajustándolas a las nuevas necesidades, y
derivados de la mayor definición de los equipos en esta fase de desarrollo del diseño.



— Modificación de la ubicación del punto de vertido, a una ubicación más cercana de la
planta de biomasa.



— Modificación en el tratamiento del efluente denominado Purga de caldera, procedente
del ciclo agua-vapor de la caldera. El agua purgada será enviada al redler húmedo
para enfriar las escorias de la caldera y será eliminada con ellas, además de las pérdidas que se produzcan por evaporación. De manera complementaria, esta corriente
puede derivarse también a la PTE para su depuración, en caso de que la planta no
esté generando escorias en un momento determinado.



— Modificación de los volúmenes de fosos estancos para aguas residuales sanitarias y
volumen del depósito de lixiviados.
Los efluentes que se producirán en la planta son:



— F1. Purgas de la torre de refrigeración: la evaporación significativa que tiene lugar en
el interior de la torre de refrigeración produce una concentración de sales en el agua
de refrigeración, por lo que se hace necesaria la purga de dicha agua cada cierto
número de recirculaciones, al objeto de mantener el grado óptimo de calidad en el
agua. Se verterán al arroyo Carbonilla sin tratamiento previo.



— F2. Purgas asociadas al tratamiento de agua (PTA): la instalación contará con una
planta de tratamiento de agua que adecuará (desmineralización) el agua bruta de
captación para su suministro al ciclo de agua – vapor de la caldera y a los puntos que
requieren agua potable. En esta corriente se incluyen, tanto el rechazo continuo de la
planta de tratamiento de agua, como los efluentes procedentes del lavado periódico
de los sistemas de filtración y membranas. Junto a estas corrientes de la PTA, se va
a incluir, para su tratamiento en la planta de tratamiento de efluentes (PTE), la purga
procedente del ciclo agua-vapor de la caldera (purga de caldera) en el caso de que
no pueda ser eliminada en el redler húmedo. Una vez tratados estos efluentes se
enviarán a la PTE antes de su vertido al arroyo Carbonilla.