Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062426)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se autoriza la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada del proyecto de planta de biomasa de 49,9 MWe, titularidad de Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU, en el término municipal de Logrosán, provincia de Cáceres.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025



35016

Esta arqueta de bombeo está asociada a la arqueta de desbaste AD4, que como
se ha indicado anteriormente, corresponde al futuro almacenamiento de biomasa
de la zona Oeste y Este.



• Grupo de bombeo 3: impulsará las aguas de proceso recogidas en la zona BOP y
trafos (F3i y F3ii), las aguas tratadas en la PTE (que corresponden a los efluentes
F2 y F4) y las procedentes de las purgas de la torre de refrigeración (F1), hacia la
arqueta de unión de efluentes.

Las redes de cunetas, que recolectarán y conducirán las aguas caídas en cada campa
hacia su punto de vertido, se han dimensionado para un caudal correspondiente a su
periodo de retorno de 100 años.
Desde la arqueta de salida, ubicada en el interior de la instalación, se evacúa el vertido
por gravedad a través de una única conducción de hormigón armado, de diámetro interior 1,5 metros y 0,5% de pendiente hasta el punto de vertido final, situado en el arroyo
Carbonilla, el cual es tributario por la margen derecha del arroyo Cachan, que unos 300
m aguas abajo de la incorporación del arroyo Carbonilla pasa a formar parte de la masa
de aguas superficial río Cubilar II (código de masa ES040MSPF000132140).
El volumen de vertido anual que se pretende verter resultaría el siguiente, con arreglo
a lo indicado en la documentación presentada:


— Efluentes de proceso: 695.933,84 m3.



— Aguas pluviales: 134.426,10 m3.
TOTAL: 830.359,94 m3.
En este volumen no están consideradas las aguas pluviales que vierten en los aliviaderos
de pluviales, ni las pluviales limpias de la zona sur de la parcela, ya que no forman parte
del vertido.
Se solicita por parte de Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU, el caudal de
850.352 m3/año, al considerar un margen de seguridad del 2,5% respecto a lo obtenido
teóricamente, 830.359,94 m3/año.
En relación al punto de vertido, detectan una posibilidad de mejora de la tubería de
vertido respecto al autorizado inicialmente, acortando la longitud de la conducción,
para verter en el mismo cauce, pero en un punto más cercano a la planta (X= 291.307;
Y= 4.345.746, ETRS 89, Huso 30).