Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062425)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 14,19 ha de viñedo, en el polígono 201 parcela 9, del término municipal de Badajoz (Badajoz), promovido por Juan Francisco Franganillo García. Expte.: IA22/1906.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025
35112
RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de puesta
en riego de 14,19 ha de viñedo, en el polígono 201 parcela 9, del término
municipal de Badajoz (Badajoz), promovido por Juan Francisco Franganillo
García. Expte.: IA22/1906. (2025062425)
El proyecto de puesta en riego de 14,19 ha de viñedo, en el polígono 201 parcela 9, del término municipal de Badajoz (Badajoz), pertenece al grupo 1 “Silvicultura, agricultura, ganadería
y acuicultura” epígrafe b) “Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de
proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o
de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas
protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13
de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad” del anexo IV de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con
carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso,
autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa
al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) y
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
El promotor del proyecto para la puesta en riego de 14,19 ha de viñedo, en el polígono
201 parcela 9, del término municipal de Badajoz (Badajoz) es Juan Francisco Franganillo
García.
La autorización administrativa para la concesión de aguas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Miércoles 18 de junio de 2025
35112
RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de puesta
en riego de 14,19 ha de viñedo, en el polígono 201 parcela 9, del término
municipal de Badajoz (Badajoz), promovido por Juan Francisco Franganillo
García. Expte.: IA22/1906. (2025062425)
El proyecto de puesta en riego de 14,19 ha de viñedo, en el polígono 201 parcela 9, del término municipal de Badajoz (Badajoz), pertenece al grupo 1 “Silvicultura, agricultura, ganadería
y acuicultura” epígrafe b) “Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de
proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o
de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas
protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13
de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad” del anexo IV de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con
carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso,
autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa
al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) y
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
El promotor del proyecto para la puesta en riego de 14,19 ha de viñedo, en el polígono
201 parcela 9, del término municipal de Badajoz (Badajoz) es Juan Francisco Franganillo
García.
La autorización administrativa para la concesión de aguas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.