Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062423)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego por goteo de 23,61 ha de olivos en el polígono 543 parcelas 16, 21, 24, 26 y 71, a ubicar en el término municipal de Badajoz (Badajoz), y promovido por Ángel Alcalá González. Expte.: IA22/0901.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025
35078
3.3.8. Patrimonio arqueológico.
En el informe emitido por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural se ha podido comprobar que, según la documentación existente en dicho organismo, el proyecto no se ubica ni dentro ni en los entornos de protección de yacimientos arqueológicos inventariados. No obstante, y como medida preventiva de cara a la
protección del patrimonio arqueológico no detectado, se deberá adoptar una medida
correctora, contemplada en el art. 54 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio
Histórico y Cultural de Extremadura, que será incluida en el presente informe.
De esta manera, se estima que el promotor del proyecto podrá reunir las medidas adecuadas que caractericen, prevengan y minimicen afecciones al Patrimonio Cultural.
3.3.9. Infraestructuras y bienes materiales.
El proyecto no afecta a ninguna Vía Pecuaria inventariada.
Asimismo, se deberá contar con las preceptivas autorizaciones y/o permisos de los
titulares del resto de infraestructuras viarias que pudieran verse afectadas por cruzamientos con la red de riego a modernizar, como es el caso de la vía pública Camino
Viejo Villar Rey, perteneciente al término municipal de Badajoz (Badajoz) con referencia
catastral 06900A543090050000UE, así como las parcelas 82 del polígono 543 y con
referencia catastral 06900A543000820000UZ y parcela 83 del polígono 543 con referencia catastral 06900A543000830000UU, de las que se desconoce su propiedad.
3.3.10. Consumo de recursos y cambio climático.
La fase de construcción ha supuesto y supondrá un efecto directo, puntual y negativo
sobre el cambio climático, al generarse emisiones durante las diferentes acciones que la
conforman. Tales impactos se producirán a corto plazo y si bien permanecerán de forma
temporal, serán recuperables y reversibles.
Durante la fase de funcionamiento y debido a la implantación del cultivo agrícola, se
generará un impacto positivo y permanente frente al cambio climático, al aumentar la
vegetación fijadora de gases de efecto invernadero.
En cuanto al consumo de recursos, el principal recurso natural consumido como consecuencia de la transformación a regadío pretendida es el agua, alcanzando un consumo
total previsto de 94.450 m3/año. Dicha concesión de recursos hídricos depende de la
resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión de aguas subterráneas.
Miércoles 18 de junio de 2025
35078
3.3.8. Patrimonio arqueológico.
En el informe emitido por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural se ha podido comprobar que, según la documentación existente en dicho organismo, el proyecto no se ubica ni dentro ni en los entornos de protección de yacimientos arqueológicos inventariados. No obstante, y como medida preventiva de cara a la
protección del patrimonio arqueológico no detectado, se deberá adoptar una medida
correctora, contemplada en el art. 54 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio
Histórico y Cultural de Extremadura, que será incluida en el presente informe.
De esta manera, se estima que el promotor del proyecto podrá reunir las medidas adecuadas que caractericen, prevengan y minimicen afecciones al Patrimonio Cultural.
3.3.9. Infraestructuras y bienes materiales.
El proyecto no afecta a ninguna Vía Pecuaria inventariada.
Asimismo, se deberá contar con las preceptivas autorizaciones y/o permisos de los
titulares del resto de infraestructuras viarias que pudieran verse afectadas por cruzamientos con la red de riego a modernizar, como es el caso de la vía pública Camino
Viejo Villar Rey, perteneciente al término municipal de Badajoz (Badajoz) con referencia
catastral 06900A543090050000UE, así como las parcelas 82 del polígono 543 y con
referencia catastral 06900A543000820000UZ y parcela 83 del polígono 543 con referencia catastral 06900A543000830000UU, de las que se desconoce su propiedad.
3.3.10. Consumo de recursos y cambio climático.
La fase de construcción ha supuesto y supondrá un efecto directo, puntual y negativo
sobre el cambio climático, al generarse emisiones durante las diferentes acciones que la
conforman. Tales impactos se producirán a corto plazo y si bien permanecerán de forma
temporal, serán recuperables y reversibles.
Durante la fase de funcionamiento y debido a la implantación del cultivo agrícola, se
generará un impacto positivo y permanente frente al cambio climático, al aumentar la
vegetación fijadora de gases de efecto invernadero.
En cuanto al consumo de recursos, el principal recurso natural consumido como consecuencia de la transformación a regadío pretendida es el agua, alcanzando un consumo
total previsto de 94.450 m3/año. Dicha concesión de recursos hídricos depende de la
resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión de aguas subterráneas.