San Sebastián de los Reyes (BOCM-20250428-68)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 100

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68

SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del acuerdo aprobado el 4 de marzo de 2025, por Junta de Gobierno Local del
Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, por la que se aprueban las bases reguladoras
y convocatoria de ayudas de comedor escolar y ayudas destinadas a la compra de libros de
texto y material escolar para el curso 2025-2026.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero. Objeto.—Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria tienen por
objeto la concesión de ayudas destinadas a la compra de libros de texto y material escolar y la
concesión de ayudas de comedor escolar de su centro educativo, para el alumnado de San Sebastián de los Reyes que curse estudios en centros de la Comunidad de Madrid públicos o sostenidos con fondos públicos, en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y en los correspondientes cursos de Educación Especial.
Segundo. Dotación presupuestaria.—La cuantía destinada a las ayudas de comedor
escolar asciende a 350.000 euros y la destinada a las ayudas de libros de texto y material
escolar a 250.000 euros.
Tercero. Régimen jurídico.—Las ayudas que se convocan tienen carácter de subvención.
Se engloban dentro del marco jurídico de la Ley General de Subvenciones, así como
el Real Decreto 887/2006 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de septiembre de 2004, las presentes
bases reguladoras y cuantas otras normas de carácter general o procedimental que resulten
de aplicación.
Cuarto. Cuantía de las ayudas.
Ayudas para comedor escolar:
Por cada miembro de la unidad familiar que utilice el servicio de comedor escolar en
los términos establecidos en la presente convocatoria con un máximo de 300 euros.
En familias perceptoras de la beca de precio reducido de comedor escolar de la Comunidad de Madrid, el importe de la ayuda a conceder será el importe del gasto restante a abonar por la familia, una vez descontada la cuantía concedida y hasta un máximo de 300 euros.
Ayudas para la compra de libros de texto:
Por cada miembro de la unidad familiar que curse los estudios a los que se refiere la
presente convocatoria se concederán como máximo, en concepto de material escolar, las siguientes cantidades:
— Segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Infantil Especial: 50 euros.
— Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial
(Educación Básica Obligatoria y Talleres Formativos), Bachillerato, Formación
Profesional de Grado Básico y Formación Profesional Grado Medio: 200 euros.
Quinto. Beneficiarios/as.—Podrá ser beneficiario/a de la ayuda el/la progenitor/a de
cada hijo/a que curse estudios a los que se refiere la presente convocatoria, siempre que
cumpla los requisitos establecidos en el apartado siguiente.
A los efectos de la presente convocatoria, se equiparará a progenitor/a, el tutor/tutora
o el acogedor/acogedora del/ de la menor.

BOCM-20250428-68

BDNS: 822847