D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250429-21)
Convenio –  Convenio de 28 de marzo de 2025, entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), para la realización de prácticas externas del alumnado de la Real Escuela Superior de Arte Dramático en el organismo autónomo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 101

MARTES 29 DE ABRIL DE 2025

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en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente
mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección de
datos personales”. Dispone de información complementaria en el siguiente enlace:
https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos .
En todo caso, y siempre que se trate de datos de carácter personal, será de aplicación
lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y en la concordante normativa europea y española. Asimismo, será de aplicación la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Si alguna de las partes considera que los datos no son tratados correctamente por la otra
parte, o que las solicitudes de ejercicio de derechos no han sido atendidas correctamente,
tiene el derecho a presentar una reclamación a la autoridad de protección de datos que corresponda. En este sentido, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es la indicada en el territorio nacional ( www.agpd.es ).
La Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) a través
de la RESAD se compromete a garantizar que los datos de los centros de prácticas a que se
tenga acceso durante la realización de las prácticas sean tratados con carácter confidencial.
La entidad colaboradora garantizará la confidencialidad de los datos de los alumnos a
los que por motivo de las prácticas tenga acceso.
Los alumnos en prácticas deberán guardar confidencialidad en relación con la información interna de los centros de prácticas y guardar secreto profesional sobre sus actividades durante su estancia y una vez finalizada esta.
Los datos personales que figuran en este convenio podrán ser comunicados a la Intervención General de la Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso y buen gobierno.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la
que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio documental español.
Decimosegunda
Comisión mixta de seguimiento del convenio
Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de
la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión
está formada por las siguientes personas: en representación de la Comunidad de Madrid,
por la titular de la dirección de la RESAD y la titular de la vicedirección de la RESAD, o
personas en quien deleguen formalmente, y, en representación del INAEM, por la titular de
la Secretaría General y otra persona designada por la Unidad promotora, o las personas en
quien deleguen formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar
en la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará su régimen de funcionamiento a lo establecido en la sección 3.a del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimotercera

El presente convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 47.1.
Decimocuarta
Colaboración entre las partes
Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los
principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

BOCM-20250429-21

Régimen jurídico