D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250502-13)
Convenio – Convenio de 7 de abril de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación de Madrileña de Voleibol para la organización de campus de promoción deportiva, detección de talentos y tecnificación en las instalaciones deportivas Agrupación deportiva Islas Filipinas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 104
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE MAYO DE 2025
Pág. 77
o) Remitir al responsable técnico designado por la Subdirección General de Programas Deportivos la memoria técnica de los mismos tras la finalización de los campus y en un plazo máximo de quince días.
p) Garantizar que los contenidos desarrollados en el campus están principalmente relacionados con la actividad propia de la Federación, si bien podrán complementarse con otros de actividad física de carácter lúdico.
q) Aplicar los precios fijados en la comisión de seguimiento, vigilancia y control de
la ejecución del convenio.
Cuarta
Compromisos de la Comunidad de Madrid
Conforme al presente convenio, la Comunidad de Madrid se compromete a:
a) Poner a disposición de la Federación los espacios e instalaciones deportivas previstos en el anexo, y mantenerlos en el pleno uso y disfrute de aquella a lo largo
de toda la vigencia del convenio.
b) Mantener la seguridad de las instalaciones.
c) Colaborar, en la medida de sus posibilidades, en la difusión de los campus que desarrolle la Federación en las instalaciones.
d) Facilitar en la medida de lo posible espacios complementarios para el almacenaje
y acceso al material deportivo de la Federación utilizado durante la celebración
del campus.
Quinta
Financiación
El presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación económica para la Comunidad de Madrid.
Sexta
Profesionales vinculados a los campus
1. Las acciones de carácter deportivo contempladas en los campus deberán realizarse por profesionales cualificados, de acuerdo a lo establecido en la Ley 6/2016, de 24 de noviembre.
2. La relación contractual de los profesionales que vayan a llevar a cabo la coordinación o ejecución del campus será siempre con la Federación, sin que en ningún caso pueda,
como consecuencia del presente convenio, generar vinculación laboral, funcionarial ni de
otro tipo entre ese personal y la Comunidad de Madrid.
3. Todo el personal contratado por la Federación destinado al desarrollo del campus
será competencia y responsabilidad de la misma, asumiendo todas las obligaciones con la
Seguridad Social, fiscales, tributarias y cualesquiera otras responsabilidades de carácter laboral o contractual.
4. La Federación se responsabilizará de que los técnicos y el resto de personas que
participen en el programa o sus eventuales sustitutos y que, por tanto, tengan contacto habitual con menores en el desarrollo de su actividad, acrediten, antes del comienzo de la actividad, mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la
libertad e indemnidad sexual.
5. Una semana antes del inicio del campus, la Federación deberá aportar declaración
responsable del cumplimiento de los puntos 1 y 4 de esta cláusula.
Seguros
1. La Comunidad de Madrid tiene formalizadas pólizas de seguros de responsabilidad civil para las incidencias en las instalaciones y para cubrir los eventuales riesgos de accidentes de los usuarios.
2. En todo caso, la Federación formalizará un seguro para la cobertura de la responsabilidad civil de los profesionales vinculados al campus, así como un seguro de accidentes para la cobertura de los participantes en los mismos.
BOCM-20250502-13
Séptima
B.O.C.M. Núm. 104
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE MAYO DE 2025
Pág. 77
o) Remitir al responsable técnico designado por la Subdirección General de Programas Deportivos la memoria técnica de los mismos tras la finalización de los campus y en un plazo máximo de quince días.
p) Garantizar que los contenidos desarrollados en el campus están principalmente relacionados con la actividad propia de la Federación, si bien podrán complementarse con otros de actividad física de carácter lúdico.
q) Aplicar los precios fijados en la comisión de seguimiento, vigilancia y control de
la ejecución del convenio.
Cuarta
Compromisos de la Comunidad de Madrid
Conforme al presente convenio, la Comunidad de Madrid se compromete a:
a) Poner a disposición de la Federación los espacios e instalaciones deportivas previstos en el anexo, y mantenerlos en el pleno uso y disfrute de aquella a lo largo
de toda la vigencia del convenio.
b) Mantener la seguridad de las instalaciones.
c) Colaborar, en la medida de sus posibilidades, en la difusión de los campus que desarrolle la Federación en las instalaciones.
d) Facilitar en la medida de lo posible espacios complementarios para el almacenaje
y acceso al material deportivo de la Federación utilizado durante la celebración
del campus.
Quinta
Financiación
El presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación económica para la Comunidad de Madrid.
Sexta
Profesionales vinculados a los campus
1. Las acciones de carácter deportivo contempladas en los campus deberán realizarse por profesionales cualificados, de acuerdo a lo establecido en la Ley 6/2016, de 24 de noviembre.
2. La relación contractual de los profesionales que vayan a llevar a cabo la coordinación o ejecución del campus será siempre con la Federación, sin que en ningún caso pueda,
como consecuencia del presente convenio, generar vinculación laboral, funcionarial ni de
otro tipo entre ese personal y la Comunidad de Madrid.
3. Todo el personal contratado por la Federación destinado al desarrollo del campus
será competencia y responsabilidad de la misma, asumiendo todas las obligaciones con la
Seguridad Social, fiscales, tributarias y cualesquiera otras responsabilidades de carácter laboral o contractual.
4. La Federación se responsabilizará de que los técnicos y el resto de personas que
participen en el programa o sus eventuales sustitutos y que, por tanto, tengan contacto habitual con menores en el desarrollo de su actividad, acrediten, antes del comienzo de la actividad, mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la
libertad e indemnidad sexual.
5. Una semana antes del inicio del campus, la Federación deberá aportar declaración
responsable del cumplimiento de los puntos 1 y 4 de esta cláusula.
Seguros
1. La Comunidad de Madrid tiene formalizadas pólizas de seguros de responsabilidad civil para las incidencias en las instalaciones y para cubrir los eventuales riesgos de accidentes de los usuarios.
2. En todo caso, la Federación formalizará un seguro para la cobertura de la responsabilidad civil de los profesionales vinculados al campus, así como un seguro de accidentes para la cobertura de los participantes en los mismos.
BOCM-20250502-13
Séptima