B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20250521-11)
Convocatoria puesto – Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Directora-Gerente del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de selección objetiva, de un puesto de carrera vacante en el organismo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 120
MIÉRCOLES 21 DE MAYO DE 2025
Pág. 73
jeto de cese o remoción del mismo por cualquiera de las causas legal y convencionalmente
previstas.
6. Reunir el resto de las condiciones específicas establecidas en el anexo I.
7. Los requisitos deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso de cobertura.
Cuarto
1. La solicitud para tomar parte en el procedimiento de selección se ajustará al modelo que figura en el Anexo II de esta convocatoria y se presentará electrónicamente en el
plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, junto con la documentación que proceda, en el Registro Auxiliar Electrónico de la Finca Experimental “El
Encín” a través del enlace http://www.comunidad.madrid/centros/oficina-auxiliar-materiaregistro-instituto-madrileño-investigacion-desarollo-rural-agrario-alimentario-imidra , o
en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer
de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Al ser los solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, la notificación se realizará a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A
tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones
Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través del enlace
http://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronica-puntoacceso-general .
3. A efectos de acreditar cada uno de los méritos que se quieran hacer valer según lo
previsto en el apartado sexto de esta convocatoria y de conformidad con el baremo establecido en el Anexo I de la misma, los interesados acompañarán su solicitud con la siguiente
documentación:
— Certificado de cumplimiento de requisitos mínimos: Anexo III, conforme a la convocatoria que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica,
Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste servicios.
— Certificado de servicios prestados en la Comunidad de Madrid u otras Administraciones Públicas: certificado original acreditativo de los períodos trabajados, así
como, de la categoría profesional en la que han sido prestados aquellos, que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General
de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el
que haya prestados servicios, si se trata de experiencia adquirida en la Comunidad
de Madrid, así como por el órgano que tenga asumidas las competencias correspondientes cuando se trate de otras Administraciones Públicas.
— Certificado original de funciones desempeñadas en la categoría profesional en la
que se preste o se haya prestado servicios, con indicación de las funciones desempeñadas y períodos trabajados, expedido por el titular de la Secretaría General
Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste o haya prestado servicios. A efectos de
acreditación de los méritos específicos a los que se hace referencia en el Anexo I
de la convocatoria.
4. Conforme a lo previsto en los artículos 66 y 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de
su petición, previa Resolución.
5. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la “Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales” y artículo 5 del “Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
BOCM-20250521-11
Solicitudes y documentación
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 120
MIÉRCOLES 21 DE MAYO DE 2025
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jeto de cese o remoción del mismo por cualquiera de las causas legal y convencionalmente
previstas.
6. Reunir el resto de las condiciones específicas establecidas en el anexo I.
7. Los requisitos deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso de cobertura.
Cuarto
1. La solicitud para tomar parte en el procedimiento de selección se ajustará al modelo que figura en el Anexo II de esta convocatoria y se presentará electrónicamente en el
plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, junto con la documentación que proceda, en el Registro Auxiliar Electrónico de la Finca Experimental “El
Encín” a través del enlace http://www.comunidad.madrid/centros/oficina-auxiliar-materiaregistro-instituto-madrileño-investigacion-desarollo-rural-agrario-alimentario-imidra , o
en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer
de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Al ser los solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, la notificación se realizará a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A
tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones
Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través del enlace
http://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronica-puntoacceso-general .
3. A efectos de acreditar cada uno de los méritos que se quieran hacer valer según lo
previsto en el apartado sexto de esta convocatoria y de conformidad con el baremo establecido en el Anexo I de la misma, los interesados acompañarán su solicitud con la siguiente
documentación:
— Certificado de cumplimiento de requisitos mínimos: Anexo III, conforme a la convocatoria que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica,
Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste servicios.
— Certificado de servicios prestados en la Comunidad de Madrid u otras Administraciones Públicas: certificado original acreditativo de los períodos trabajados, así
como, de la categoría profesional en la que han sido prestados aquellos, que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General
de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el
que haya prestados servicios, si se trata de experiencia adquirida en la Comunidad
de Madrid, así como por el órgano que tenga asumidas las competencias correspondientes cuando se trate de otras Administraciones Públicas.
— Certificado original de funciones desempeñadas en la categoría profesional en la
que se preste o se haya prestado servicios, con indicación de las funciones desempeñadas y períodos trabajados, expedido por el titular de la Secretaría General
Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste o haya prestado servicios. A efectos de
acreditación de los méritos específicos a los que se hace referencia en el Anexo I
de la convocatoria.
4. Conforme a lo previsto en los artículos 66 y 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de
su petición, previa Resolución.
5. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la “Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales” y artículo 5 del “Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
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Solicitudes y documentación