Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20250522-74)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 121
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74
RIVAS-VACIAMADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 20 de febrero de 2025, por el que se aprueban
la bases de ayudas para la organización de actividades de carácter cultural y festivas a entidades culturales y vecinales con motivo de las fiestas de mayo 2025 en Rivas Vaciamadrid.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ):
1. Objeto.—Bases de convocatoria de ayudas económicas para la organización de actividades de carácter cultural y festivas a entidades culturales y vecinales con motivo de las
fiestas de mayo 2025.
El objeto de las presentes ayudas es la realización de actividades cuyo objetivo sea el
enriquecimiento de las fiestas, y cuyos contenidos resulten armónicos con las mismas de
acuerdo a los criterios técnicos de la Concejalía de Cultura y Fiestas.
2. Regulación jurídica.—Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Beneficiarias.— Podrán solicitar estas ayudas las entidades sociales y vecinales de
Rivas Vaciamadrid, sin ánimo de lucro e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.
4. Procedimiento de concesión.—La cuantía máxima a conceder a las entidades solicitantes se repartirá en virtud de los proyectos presentados y en función de los siguientes
criterios. Cada uno de ellos se valorará con 1 punto:
1. Continuidad de la actividad en años anteriores en el ámbito de las fiestas.
2. Propuestas coordinadas entre dos o más entidades y adecuación de éstas a las fiestas.
3. Promoción sociocultural de colectivos y grupos participantes objeto de la acción
de las entidades, encaminados a la dinamización social de los barrios.
4. Complementariedad a las actividades programadas por el Ayuntamiento.
5. Adecuación de la cuantía del proyecto propuesto al contenido del mismo.
6. Carácter abierto al conjunto de la población.
7. Originalidad e interés de la actividad.
8. Número de participantes que colaboran con la entidad o en la organización de la
actividad.
9. Actividades destinadas a dinamizar el recinto de fiestas.
10. Cualquier otro elemento que resulte beneficioso para el desarrollo de las fiestas.
5. Plazo y lugar de presentación de solicitudes:
Plazo.—Hasta el 17 de marzo de 2025.
Lugar y forma de presentación.—Las solicitudes junto con la declaración responsable y documentación se presentarán en el Registro municipal del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid.
6. Documentación a presentar.—Modelo de solicitud junto con la declaración responsable.
7. Cuantía.—La Concejalía de Cultura y Fiestas destinará a este concepto la cantidad máxima de 21.000,00 euros, de acuerdo con el límite presupuestario, correspondiente
a la partida asignada en el presupuesto municipal en vigor.
8. Período subvencionable.—Del 10 al 18 de mayo de 2025.
9. Plazo de justificación.—Hasta el 18 de julio de 2025.
10. Otros datos de interés.
En Rivas-Vaciamadrid, a 20 de febrero de 2025.—La alcaldesa, Aída Castillejo Parrilla.
(03/7.578/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250522-74
BNDS: 832514
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RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 20 de febrero de 2025, por el que se aprueban
la bases de ayudas para la organización de actividades de carácter cultural y festivas a entidades culturales y vecinales con motivo de las fiestas de mayo 2025 en Rivas Vaciamadrid.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ):
1. Objeto.—Bases de convocatoria de ayudas económicas para la organización de actividades de carácter cultural y festivas a entidades culturales y vecinales con motivo de las
fiestas de mayo 2025.
El objeto de las presentes ayudas es la realización de actividades cuyo objetivo sea el
enriquecimiento de las fiestas, y cuyos contenidos resulten armónicos con las mismas de
acuerdo a los criterios técnicos de la Concejalía de Cultura y Fiestas.
2. Regulación jurídica.—Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Beneficiarias.— Podrán solicitar estas ayudas las entidades sociales y vecinales de
Rivas Vaciamadrid, sin ánimo de lucro e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.
4. Procedimiento de concesión.—La cuantía máxima a conceder a las entidades solicitantes se repartirá en virtud de los proyectos presentados y en función de los siguientes
criterios. Cada uno de ellos se valorará con 1 punto:
1. Continuidad de la actividad en años anteriores en el ámbito de las fiestas.
2. Propuestas coordinadas entre dos o más entidades y adecuación de éstas a las fiestas.
3. Promoción sociocultural de colectivos y grupos participantes objeto de la acción
de las entidades, encaminados a la dinamización social de los barrios.
4. Complementariedad a las actividades programadas por el Ayuntamiento.
5. Adecuación de la cuantía del proyecto propuesto al contenido del mismo.
6. Carácter abierto al conjunto de la población.
7. Originalidad e interés de la actividad.
8. Número de participantes que colaboran con la entidad o en la organización de la
actividad.
9. Actividades destinadas a dinamizar el recinto de fiestas.
10. Cualquier otro elemento que resulte beneficioso para el desarrollo de las fiestas.
5. Plazo y lugar de presentación de solicitudes:
Plazo.—Hasta el 17 de marzo de 2025.
Lugar y forma de presentación.—Las solicitudes junto con la declaración responsable y documentación se presentarán en el Registro municipal del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid.
6. Documentación a presentar.—Modelo de solicitud junto con la declaración responsable.
7. Cuantía.—La Concejalía de Cultura y Fiestas destinará a este concepto la cantidad máxima de 21.000,00 euros, de acuerdo con el límite presupuestario, correspondiente
a la partida asignada en el presupuesto municipal en vigor.
8. Período subvencionable.—Del 10 al 18 de mayo de 2025.
9. Plazo de justificación.—Hasta el 18 de julio de 2025.
10. Otros datos de interés.
En Rivas-Vaciamadrid, a 20 de febrero de 2025.—La alcaldesa, Aída Castillejo Parrilla.
(03/7.578/25)
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