C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250526-30)
Autorización implantación enseñanzas – Orden 1638/2025, de 7 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza la implantación y modificación de proyectos de autonomía de centro para las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, a partir del curso académico 2025-2026
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 124
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE MAYO DE 2025
Pág. 163
Séptimo
Recursos
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra
la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación o, directamente, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, todo ello sin perjuicio de los demás
recursos o reclamaciones que se estime oportuno interponer.
Octavo
Alumnos procedentes de otros planes de estudio
Aquellos alumnos que, habiendo iniciado las enseñanzas conforme a otros planes de
estudio, continúen las enseñanzas conforme al proyecto de autonomía autorizado mediante la presente orden, deberán solicitar adecuación curricular a la dirección general con competencias en materia de ordenación académica en las enseñanzas artísticas profesionales de
Artes Plásticas y Diseño.
Noveno
Habilitación para la ejecución y aplicación
Se autoriza a la dirección general con competencias en materia de ordenación académica en las enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño para, en el ámbito de su competencia, adoptar cuantas instrucciones sean precisas para la ejecución de lo
establecido en la presente orden.
BOCM-20250526-30
Décimo
Producción de efectos
La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 7 de mayo de 2025.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades), el Director General de Enseñanzas Artísticas, Miguel Olite Lumbreras.
B.O.C.M. Núm. 124
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE MAYO DE 2025
Pág. 163
Séptimo
Recursos
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra
la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación o, directamente, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, todo ello sin perjuicio de los demás
recursos o reclamaciones que se estime oportuno interponer.
Octavo
Alumnos procedentes de otros planes de estudio
Aquellos alumnos que, habiendo iniciado las enseñanzas conforme a otros planes de
estudio, continúen las enseñanzas conforme al proyecto de autonomía autorizado mediante la presente orden, deberán solicitar adecuación curricular a la dirección general con competencias en materia de ordenación académica en las enseñanzas artísticas profesionales de
Artes Plásticas y Diseño.
Noveno
Habilitación para la ejecución y aplicación
Se autoriza a la dirección general con competencias en materia de ordenación académica en las enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño para, en el ámbito de su competencia, adoptar cuantas instrucciones sean precisas para la ejecución de lo
establecido en la presente orden.
BOCM-20250526-30
Décimo
Producción de efectos
La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 7 de mayo de 2025.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades), el Director General de Enseñanzas Artísticas, Miguel Olite Lumbreras.