Majadahoda (BOCM-20250527-64)
Urbanismo. Plan general
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 125
MARTES 27 DE MAYO DE 2025
EJECUCIÓN Y GESTIÓN:
TIPO DE ACTUACIÓN DE TRANSFORMACIÓN
URBANÍSTICA
Pág. 207
ACTUACIÓN DE REFORMA O RENOVACIÓN DE LA
URBANIZACIÓN
MODALIDAD DE GESTIÓN
ACTUACIÓN INTEGRADA
SISTEMA DE EJECUCIÓN
FIGURAS DE GESTIÓN Y EJECUCIÓN
EXPROPIACIÓN
PROYECTO DE URBANIZACIÓN
PROYECTO DE PARCELACIÓN
OBSERVACIONES, CONDICIONES DE DESARROLLO Y CARGAS URBANÍSTICAS:
Condiciones de desarrollo generales:
-
En el desarrollo del ámbito se cumplirán las condiciones generales de la edificación y los usos de
las Normas Urbanísticas del Plan General (capítulos 1 y 2 del Título I) y las de la presente ficha.
En la aplicación de las condiciones recogidas en las Normas Urbanísticas del PGOU, se exceptúan
aquellas determinaciones de normativas actualmente derogadas y aquellas condiciones que se
contradigan con las contenidas en normas vigentes de carácter sectorial (Código Técnico de la
Edificación y otras).
Condiciones de desarrollo particulares (suelo equipamiento público, RG-E):
-
Para el suelo lucrativo se aplicarán las condiciones de la Norma Zonal B, Bloque Abierto, de las
Normas Urbanísticas del Plan General, con las siguientes precisiones complementarias:
o Se reservará 1,5 plazas de aparcamiento por cada 100 m 2 construidos, en el interior de la
parcela.
o Ocupación máxima: 60%
o Edificabilidad máxima: 2 m2/m2
o Altura máxima: 15 metros.
o Número máximo de plantas: 4 más aprovechamiento bajo cubierta o 5ª planta
retranqueada.
o Dimensiones de las edificaciones: no se definen.
o Condiciones higiénicas: según condiciones de la normativa sectorial aplicable en cada
caso.
o
o
Condiciones estéticas: deberán emplearse materiales de calidad y durabilidad en fachadas
y cubiertas, admitiéndose la cubierta plana.
Otras condiciones: se admite superar la altura máxima con elementos singulares como
torreones, cubiertas singulares, elementos ornamentales, etc.
Condiciones particulares (suelos de cesión red viaria, RL-V):
-
Para los suelos de cesión calificados como red local de infraestructura viaria, se cumplirán las
condiciones generales de las Normas Urbanísticas del Plan General.
Condiciones de protección ambiental:
-
Con carácter general, se cumplirán las condiciones ambientales especificadas en el Documento
Ambiental Estratégico, en el Informe Ambiental Estratégico y en los informes sectoriales.
Con carácter particular se cumplirán todas las medidas establecidas en el Documento Ambiental
Estratégico, para las fases de obras, explotación y de vigilancia ambiental, recogidas también en el
artículo 139bis (tras del 139 -Definición y aplicación) de las NNUU del PGOU, denominado
“Condiciones de Protección Ambiental en el ámbito de la Modificación Puntual de 3 zonas de suelo
urbano (Arcipreste de Hita, La Leontina y Nortron)”.
BOCM-20250527-64
-
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 125
MARTES 27 DE MAYO DE 2025
EJECUCIÓN Y GESTIÓN:
TIPO DE ACTUACIÓN DE TRANSFORMACIÓN
URBANÍSTICA
Pág. 207
ACTUACIÓN DE REFORMA O RENOVACIÓN DE LA
URBANIZACIÓN
MODALIDAD DE GESTIÓN
ACTUACIÓN INTEGRADA
SISTEMA DE EJECUCIÓN
FIGURAS DE GESTIÓN Y EJECUCIÓN
EXPROPIACIÓN
PROYECTO DE URBANIZACIÓN
PROYECTO DE PARCELACIÓN
OBSERVACIONES, CONDICIONES DE DESARROLLO Y CARGAS URBANÍSTICAS:
Condiciones de desarrollo generales:
-
En el desarrollo del ámbito se cumplirán las condiciones generales de la edificación y los usos de
las Normas Urbanísticas del Plan General (capítulos 1 y 2 del Título I) y las de la presente ficha.
En la aplicación de las condiciones recogidas en las Normas Urbanísticas del PGOU, se exceptúan
aquellas determinaciones de normativas actualmente derogadas y aquellas condiciones que se
contradigan con las contenidas en normas vigentes de carácter sectorial (Código Técnico de la
Edificación y otras).
Condiciones de desarrollo particulares (suelo equipamiento público, RG-E):
-
Para el suelo lucrativo se aplicarán las condiciones de la Norma Zonal B, Bloque Abierto, de las
Normas Urbanísticas del Plan General, con las siguientes precisiones complementarias:
o Se reservará 1,5 plazas de aparcamiento por cada 100 m 2 construidos, en el interior de la
parcela.
o Ocupación máxima: 60%
o Edificabilidad máxima: 2 m2/m2
o Altura máxima: 15 metros.
o Número máximo de plantas: 4 más aprovechamiento bajo cubierta o 5ª planta
retranqueada.
o Dimensiones de las edificaciones: no se definen.
o Condiciones higiénicas: según condiciones de la normativa sectorial aplicable en cada
caso.
o
o
Condiciones estéticas: deberán emplearse materiales de calidad y durabilidad en fachadas
y cubiertas, admitiéndose la cubierta plana.
Otras condiciones: se admite superar la altura máxima con elementos singulares como
torreones, cubiertas singulares, elementos ornamentales, etc.
Condiciones particulares (suelos de cesión red viaria, RL-V):
-
Para los suelos de cesión calificados como red local de infraestructura viaria, se cumplirán las
condiciones generales de las Normas Urbanísticas del Plan General.
Condiciones de protección ambiental:
-
Con carácter general, se cumplirán las condiciones ambientales especificadas en el Documento
Ambiental Estratégico, en el Informe Ambiental Estratégico y en los informes sectoriales.
Con carácter particular se cumplirán todas las medidas establecidas en el Documento Ambiental
Estratégico, para las fases de obras, explotación y de vigilancia ambiental, recogidas también en el
artículo 139bis (tras del 139 -Definición y aplicación) de las NNUU del PGOU, denominado
“Condiciones de Protección Ambiental en el ámbito de la Modificación Puntual de 3 zonas de suelo
urbano (Arcipreste de Hita, La Leontina y Nortron)”.
BOCM-20250527-64
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