C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250528-22)
Regulación enseñanzas – Orden 1577/2025, de 25 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifican la Orden 274/2015, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación, la prueba de acceso, la evaluación y el proyecto propio del centro en las enseñanzas elementales de Música, y la Orden 275/2015, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación, la prueba de acceso, la evaluación y el proyecto propio del centro en las enseñanzas elementales de Danza
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BOCM
Pág. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 126
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 1577/2025, de 25 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifican la Orden 274/2015, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación, la prueba de acceso, la evaluación y el proyecto
propio del centro en las enseñanzas elementales de Música, y la Orden 275/2015,
de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se
regulan para la Comunidad de Madrid la implantación, la prueba de acceso, la evaluación y el proyecto propio del centro en las enseñanzas elementales de Danza.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dedica el capítulo VI del título
I a las enseñanzas artísticas, entre las que se encuentran las enseñanzas elementales de Música y Danza, y establece en su artículo 48 que su organización será la que las Administraciones educativas determinen. Por tanto, y de conformidad con el artículo 29.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, es competencia de la Comunidad de Madrid
regular estas enseñanzas para los centros que las imparten en su ámbito territorial.
La Comunidad de Madrid, en el ámbito de sus competencias, ha establecido el currículo y organización de las enseñanzas elementales de Música mediante el Decreto 7/2014,
de 30 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el currículo y la organización de las enseñanzas elementales de Música en la Comunidad de Madrid, y el currículo y
organización de las enseñanzas elementales de Danza, mediante el Decreto 8/2014, de 30
de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el currículo y la organización de
las enseñanzas elementales de danza en la Comunidad de Madrid. En desarrollo de dichos
decretos, y en uso de la habilitación contenida en la disposición final primera de los “Diario Oficial de la Unión Europea”mismos, se aprobaron la Orden 274/2015, de 9 de febrero,
de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación, la prueba de acceso, la evaluación y el proyecto propio del
centro en las enseñanzas elementales de Música y la Orden 275/2015, de 9 de febrero, de
la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la Comunidad
de Madrid la implantación, la prueba de acceso, la evaluación y el proyecto propio del centro en las enseñanzas elementales de Danza.
Transcurrido el tiempo suficiente de aplicación de la citada normativa, se procede ahora a la modificación del procedimiento relativo a la prueba de acceso a las enseñanzas elementales de Música y Danza, con objeto de dotarlo de mayor flexibilidad en lo concerniente a la asignación del curso de acceso de los aspirantes, todo ello con ánimo de mejorar el
aprovechamiento de las enseñanzas por parte de los alumnos que ingresan en las mismas.
En la elaboración de esta disposición normativa se han respetado los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, por el que se regula y simplifica el procedimiento de
elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de
Madrid.
Cumple con los principios de necesidad y eficacia pues se trata de una norma necesaria para la aplicación del artículo 7 del Decreto 7/2014, de 30 de enero, y del artículo 6 del
Decreto 8/2014, de 30 de enero, y es el instrumento más adecuado para garantizar la consecución de ese objetivo. El fin que persigue es actualizar los artículos 8, 9 y 11 de la Orden 274/2015, de 9 de febrero, y los artículos 7 y 8 de la Orden 275/2015, de 9 de febrero,
de manera que la normativa referente a las pruebas de acceso y el procedimiento a seguir
por los centros públicos y privados de la Comunidad de Madrid que, debidamente autorizados, impartan las enseñanzas elementales de Música y Danza, queden actualizados según
las nuevas demandas de los centros, ajustándose de una forma más eficiente al nuevo perfil del alumno que solicita la admisión en estos centros educativos.
Asegura el principio de proporcionalidad porque la norma contiene solamente aquello
que resulta imprescindible para ajustar el procedimiento de las pruebas de acceso a las en-
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE MAYO DE 2025
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Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 1577/2025, de 25 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifican la Orden 274/2015, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación, la prueba de acceso, la evaluación y el proyecto
propio del centro en las enseñanzas elementales de Música, y la Orden 275/2015,
de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se
regulan para la Comunidad de Madrid la implantación, la prueba de acceso, la evaluación y el proyecto propio del centro en las enseñanzas elementales de Danza.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dedica el capítulo VI del título
I a las enseñanzas artísticas, entre las que se encuentran las enseñanzas elementales de Música y Danza, y establece en su artículo 48 que su organización será la que las Administraciones educativas determinen. Por tanto, y de conformidad con el artículo 29.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, es competencia de la Comunidad de Madrid
regular estas enseñanzas para los centros que las imparten en su ámbito territorial.
La Comunidad de Madrid, en el ámbito de sus competencias, ha establecido el currículo y organización de las enseñanzas elementales de Música mediante el Decreto 7/2014,
de 30 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el currículo y la organización de las enseñanzas elementales de Música en la Comunidad de Madrid, y el currículo y
organización de las enseñanzas elementales de Danza, mediante el Decreto 8/2014, de 30
de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el currículo y la organización de
las enseñanzas elementales de danza en la Comunidad de Madrid. En desarrollo de dichos
decretos, y en uso de la habilitación contenida en la disposición final primera de los “Diario Oficial de la Unión Europea”mismos, se aprobaron la Orden 274/2015, de 9 de febrero,
de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación, la prueba de acceso, la evaluación y el proyecto propio del
centro en las enseñanzas elementales de Música y la Orden 275/2015, de 9 de febrero, de
la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la Comunidad
de Madrid la implantación, la prueba de acceso, la evaluación y el proyecto propio del centro en las enseñanzas elementales de Danza.
Transcurrido el tiempo suficiente de aplicación de la citada normativa, se procede ahora a la modificación del procedimiento relativo a la prueba de acceso a las enseñanzas elementales de Música y Danza, con objeto de dotarlo de mayor flexibilidad en lo concerniente a la asignación del curso de acceso de los aspirantes, todo ello con ánimo de mejorar el
aprovechamiento de las enseñanzas por parte de los alumnos que ingresan en las mismas.
En la elaboración de esta disposición normativa se han respetado los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, por el que se regula y simplifica el procedimiento de
elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de
Madrid.
Cumple con los principios de necesidad y eficacia pues se trata de una norma necesaria para la aplicación del artículo 7 del Decreto 7/2014, de 30 de enero, y del artículo 6 del
Decreto 8/2014, de 30 de enero, y es el instrumento más adecuado para garantizar la consecución de ese objetivo. El fin que persigue es actualizar los artículos 8, 9 y 11 de la Orden 274/2015, de 9 de febrero, y los artículos 7 y 8 de la Orden 275/2015, de 9 de febrero,
de manera que la normativa referente a las pruebas de acceso y el procedimiento a seguir
por los centros públicos y privados de la Comunidad de Madrid que, debidamente autorizados, impartan las enseñanzas elementales de Música y Danza, queden actualizados según
las nuevas demandas de los centros, ajustándose de una forma más eficiente al nuevo perfil del alumno que solicita la admisión en estos centros educativos.
Asegura el principio de proporcionalidad porque la norma contiene solamente aquello
que resulta imprescindible para ajustar el procedimiento de las pruebas de acceso a las en-
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