B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250530-33)
Regulación personal docente –  Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios (Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) en los Centros Públicos de la Comunidad de Madrid para el curso 2025-2026
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 128

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE MAYO DE 2025

Pág. 155

CUERPO 0590 PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ESPECIALIDAD

TITULACIÓN Y FORMACIÓN COMPLEMENTARIA

212 Oficina de
Proyectos de
Construcción

Arquitectura.
Ingeniería:
Industrial
Naval y Oceánica
de Caminos, de Canales y Puertos
Geológica.
Arquitectura Técnica.
Ingeniería Técnica:
Industrial
de Obras Públicas
Agrícola, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales
en Topografía.
El correspondiente Título de Grado:
de las mismas titulaciones
en Ingeniería Geológica
en Ingeniería de la Edificación
en Edificación
en Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Cualquier título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto del área de las Enseñanzas Técnicas, o cualquier título de Diplomado,
Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico del área de las Enseñanzas Técnicas o cualquier título oficial de Graduado o Graduada
o equivalente de la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura, y además, acreditar una formación superior
universitaria adecuada para impartir el currículo de la especialidad (*).

213 Oficina de
Proyectos de
Fabricación
Mecánica

Arquitectura
Ingeniería:
Aeronáutica
Industrial
Minas
Naval y Oceánica
Mecánica.
Licenciatura en Máquinas Navales.
Diplomatura en Máquinas Navales.
Arquitectura Técnica
Ingeniería Técnica:
Industrial, especialidad Mecánica
En Diseño Industrial
Naval, especialidad en Estructuras Marinas
Minas, especialidad en Instalaciones Electrotécnicas mineras
Aeronáutica, especialidad en aeronaves
Agrícola, especialidad en mecanizado y Construcciones Rurales.
El correspondiente Título de Grado de las mismas titulaciones.

(*)
a) Certificación académica personal, en la que conste haber superado al menos 24 créditos o créditos ECTS de formación,
o en el caso de no figurar créditos, dos cursos académicos en cualesquiera estudios universitarios oficiales, de materias
relacionadas con la formación que se desea acreditar. A estos efectos, los créditos de formación podrán ser utilizados para
acreditar la formación inicial para impartir diferentes materias.
b) Realización de actividades de formación del profesorado relacionadas con dicha materia, de una duración en su
conjunto, de al menos 24 créditos o créditos ECTS, certificadas por la Administración educativa competente.

BOCM-20250530-33

Cualquier título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto del área de las Enseñanzas Técnicas, o cualquier título de Diplomado,
Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico del área de las Enseñanzas Técnicas o cualquier título oficial de Graduado o Graduada
o equivalente de la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura, y además, acreditar una formación superior
universitaria adecuada para impartir el currículo de la especialidad (*).