D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250607-10)
Convenio – Adenda de 14 de mayo de 2025, de prórroga y modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), para la atención educativa al alumnado con discapacidad visual
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 94
SÁBADO 7 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 135
Por todo ello, ambas partes
ACUERDAN
Primera
Prórroga del convenio
Se prorroga el convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Educación, Ciencia y Universidades) y la Organización Nacional de Ciegos Españoles
(ONCE) para la atención educativa al alumnado con discapacidad visual, suscrito en fecha 11 de febrero de 2022, durante el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2025
y el 31 de agosto de 2029.
Segunda
Modificación de la cláusula tercera
BOCM-20250607-10
1. Se modifica el punto i) del apartado 1, relativo a las obligaciones de ambas partes,
quedando redactado del siguiente modo:
“Colaborar en el diseño, planificación y puesta en funcionamiento de un Servicio de
Atención Educativa Específica y Singular, para facilitar durante el tiempo estrictamente necesario la formación intensiva en herramientas y áreas de especial complejidad necesarias
para que los alumnos con discapacidad visual puedan acceder adecuadamente al currículo
y al resto de la información existente en el centro educativo”.
2. Se modifican las tres últimas letras del apartado 2, que en el convenio firmado
aparecen identificadas por error como d), e) y f), pasan a ser e), f) y g).
3. Se modifica la letra g) del apartado 2, quedando redactada del siguiente modo:
“Promover la colaboración entre los centros escolares en los que los alumnos con discapacidad visual se encuentren matriculados en las etapas de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria y el Centro de Recursos Educativos (CRE) de la ONCE mediante la autorización de experiencias de atención educativa específica y singular, que
permitan al alumno compaginar la escolarización en su centro de referencia con la asistencia al CRE de la ONCE para recibir la formación específica derivada de la baja visión”.
Y para que conste, en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente adenda
de prórroga y modificación del convenio, considerándose como fecha de esta adenda la de
la última firma consignada.
Madrid, a 14 de mayo de 2025.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
Emilio Viciana Duro.—El Director General de la ONCE, Ángel Ricardo Sánchez Cánovas.
(03/7.990/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 94
SÁBADO 7 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 135
Por todo ello, ambas partes
ACUERDAN
Primera
Prórroga del convenio
Se prorroga el convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Educación, Ciencia y Universidades) y la Organización Nacional de Ciegos Españoles
(ONCE) para la atención educativa al alumnado con discapacidad visual, suscrito en fecha 11 de febrero de 2022, durante el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2025
y el 31 de agosto de 2029.
Segunda
Modificación de la cláusula tercera
BOCM-20250607-10
1. Se modifica el punto i) del apartado 1, relativo a las obligaciones de ambas partes,
quedando redactado del siguiente modo:
“Colaborar en el diseño, planificación y puesta en funcionamiento de un Servicio de
Atención Educativa Específica y Singular, para facilitar durante el tiempo estrictamente necesario la formación intensiva en herramientas y áreas de especial complejidad necesarias
para que los alumnos con discapacidad visual puedan acceder adecuadamente al currículo
y al resto de la información existente en el centro educativo”.
2. Se modifican las tres últimas letras del apartado 2, que en el convenio firmado
aparecen identificadas por error como d), e) y f), pasan a ser e), f) y g).
3. Se modifica la letra g) del apartado 2, quedando redactada del siguiente modo:
“Promover la colaboración entre los centros escolares en los que los alumnos con discapacidad visual se encuentren matriculados en las etapas de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria y el Centro de Recursos Educativos (CRE) de la ONCE mediante la autorización de experiencias de atención educativa específica y singular, que
permitan al alumno compaginar la escolarización en su centro de referencia con la asistencia al CRE de la ONCE para recibir la formación específica derivada de la baja visión”.
Y para que conste, en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente adenda
de prórroga y modificación del convenio, considerándose como fecha de esta adenda la de
la última firma consignada.
Madrid, a 14 de mayo de 2025.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
Emilio Viciana Duro.—El Director General de la ONCE, Ángel Ricardo Sánchez Cánovas.
(03/7.990/25)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791