Valdemanco (BOCM-20250609-66)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 136
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE JUNIO DE 2025
Pág. 171
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
VALDEMANCO
OFERTAS DE EMPLEO
BOCM-20250609-66
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 68, de 23 de mayo de 2025,
se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de administrativo para este
Ayuntamiento de Valdemanco, mediante sistema de concurso-oposición, se abre el plazo
de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a
la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.
Las mencionadas bases se encuentran expuestas íntegramente en el tablón de anuncios
de la sede electrónica del Ayuntamiento de Valdemanco.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las
bases, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento:
http://valdemanco.sedelectronica.es
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante alcalde-presidente de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a
su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Madrid, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Valdemanco, a 23 de mayo de 2025.—El alcalde-presidente, Luis Navarro García.
(03/8.570/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 136
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LUNES 9 DE JUNIO DE 2025
Pág. 171
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
VALDEMANCO
OFERTAS DE EMPLEO
BOCM-20250609-66
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 68, de 23 de mayo de 2025,
se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de administrativo para este
Ayuntamiento de Valdemanco, mediante sistema de concurso-oposición, se abre el plazo
de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a
la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.
Las mencionadas bases se encuentran expuestas íntegramente en el tablón de anuncios
de la sede electrónica del Ayuntamiento de Valdemanco.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las
bases, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento:
http://valdemanco.sedelectronica.es
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante alcalde-presidente de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a
su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Madrid, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Valdemanco, a 23 de mayo de 2025.—El alcalde-presidente, Luis Navarro García.
(03/8.570/25)
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ISSN 1989-4791