Boadilla del Monte (BOCM-20250609-41)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 136
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41
BOADILLA DEL MONTE
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio número 1507/2025, de 28 de mayo, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Rectificar el error material advertido en el decreto número 1310/2025, de 12 de
mayo, del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 122, de 23 de mayo de 2025), por el que
se procedió a la aprobación de las bases específicas y de la convocatoria del proceso selectivo
convocado para la cobertura, en ejecución de la Ofertas de Empleo Público 2023 y 2024, por
el turno de promoción interna independiente, mediante el sistema de concurso-oposición y
Curso Selectivo de Formación, de un total de cuatro plazas de personal funcionario de carrera
de Oficial, del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, de la Escala de Administración
Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Escala Básica, Grupo C, Subgrupo C1, en el siguiente sentido:
En la base 8.1.o “Prueba Cultural”, donde dice:
“(…)
— Primera parte (conocimientos): consistirá en desarrollar, por escrito, cuatro temas elegidos al azar, que versarán sobre el contenido del programa que figura como Anexo
a las presentes bases, uno de ellos correspondiente a las materias comunes y los tres
restantes a las materias específicas. Cada uno de los temas a desarrollar tendrá un valor de una cuarta parte del valor total de esta primera parte teórica (…)”.
En la base 8.1.o “Prueba Cultural”, debe decir:
“(…)
— Primera parte (conocimientos): consistirá en desarrollar, por escrito, cuatro temas
elegidos al azar, que versarán sobre el contenido del programa que figura como
Anexo a las presentes bases. Cada uno de los temas a desarrollar tendrá un valor
de una cuarta parte del valor total de esta primera parte teórica (…)”.
2.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE M ADRID, en el tablón de edictos y anuncios digital y en su página web municipal
( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
3.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede
ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá
desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera inter-
BOCM-20250609-41
OFERTAS DE EMPLEO
Pág. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 136
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41
BOADILLA DEL MONTE
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio número 1507/2025, de 28 de mayo, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Rectificar el error material advertido en el decreto número 1310/2025, de 12 de
mayo, del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 122, de 23 de mayo de 2025), por el que
se procedió a la aprobación de las bases específicas y de la convocatoria del proceso selectivo
convocado para la cobertura, en ejecución de la Ofertas de Empleo Público 2023 y 2024, por
el turno de promoción interna independiente, mediante el sistema de concurso-oposición y
Curso Selectivo de Formación, de un total de cuatro plazas de personal funcionario de carrera
de Oficial, del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, de la Escala de Administración
Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Escala Básica, Grupo C, Subgrupo C1, en el siguiente sentido:
En la base 8.1.o “Prueba Cultural”, donde dice:
“(…)
— Primera parte (conocimientos): consistirá en desarrollar, por escrito, cuatro temas elegidos al azar, que versarán sobre el contenido del programa que figura como Anexo
a las presentes bases, uno de ellos correspondiente a las materias comunes y los tres
restantes a las materias específicas. Cada uno de los temas a desarrollar tendrá un valor de una cuarta parte del valor total de esta primera parte teórica (…)”.
En la base 8.1.o “Prueba Cultural”, debe decir:
“(…)
— Primera parte (conocimientos): consistirá en desarrollar, por escrito, cuatro temas
elegidos al azar, que versarán sobre el contenido del programa que figura como
Anexo a las presentes bases. Cada uno de los temas a desarrollar tendrá un valor
de una cuarta parte del valor total de esta primera parte teórica (…)”.
2.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE M ADRID, en el tablón de edictos y anuncios digital y en su página web municipal
( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
3.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede
ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá
desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera inter-
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