Alameda del Valle (BOCM-20250609-39)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 136

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39

ALAMEDA DEL VALLE
RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno del Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el 27 de mayo de 2025, con
objeto de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria; artículo 45 de la Ley 39/215, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 24 del
Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, ha aprobado el calendario fiscal de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva del Ayuntamiento de Alameda del Valle para el ejercicio 2025, así como
la exposición pública de los Padrones tributarios o matrículas y los anuncios de cobranza,
en los siguientes términos:

Período de cobranza en período voluntario: del 1 agosto al 31 octubre de 2025:
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2025.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica 2025.
— Impuesto de vehículos de tracción mecánica 2025 .
— Impuesto de actividades económicas 2025 .
— Tasa de alcantarillado 2025.
— Precio publico por consumo de agua 2025.
— Tasa por recogida domiciliaria de basura y tratamiento de residuos.
Los padrones anteriores estarán expuestos en el Ayuntamiento durante el mes anterior
a la fecha de inicio del período voluntario y los obligados tributarios podrán examinarlos
durante ese plazo y podrán presentar, si procede, contra las deudas tributarias que los mismos contienen, el correspondiente recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante la Sra. Alcaldesa-Presidenta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública, todo ello de conformidad con el
artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
La información relativa a los datos de los Padrones o matrículas, en aplicación del deber de confidencialidad de la información tributaria, solamente se facilitará al obligado tributario o su representante.
En cualquier caso, el Ayuntamiento garantizará la confidencialidad de los datos de carácter personal, protegidos por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como el carácter reservado de los
datos con trascendencia tributaria establecido en el artículo 95 de la Ley General Tributaria.
Se establecen las siguientes normas para hacer efectivo el pago, así como el anuncio
de cobranza:
a) El plazo de pago en período voluntario será del 1 de agosto al 31 de octubre de 2025.
b) Medios de pago: Los medios de pago serán los que figuren en el documento facilitado a tal efecto (Art. 34 del R. G. R). Con carácter general serán:
— Domiciliación bancaria: las órdenes de domiciliación deberán comunicarse
con una antelación de al menos dos meses antes del comienzo del período de
cobro (Art. 25.2 y 38 del R. G. R.).
c) Lugares, días y horas de ingreso:
— Oficina de Caixabank de Rascafría o en cualquier oficina, entidad colaboradora, en la cuenta restringida de recaudación.
— Oficina de Recaudación, en el propio Ayuntamiento, los días y en el horario
habilitado al respecto. Se publicará mediante edicto los días y horas, con carácter previo al inicio del período voluntario.

BOCM-20250609-39

Calendario fiscal de cobro ejercicio 2025