Buitrago del Lozoya (BOCM-20250609-45)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 136
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
BUITRAGO DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250609-45
Se considera aprobado definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones durante el trámite de información pública llevado a efecto, el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2025, en virtud del cual
se aprobó, con carácter inicial, la modificación de la “ordenanza fiscal número 7, reguladora de la tasa por el ejercicio de la venta fuera de un establecimiento comercial y permanente (mercadillo)”, y que ha sido expuesto al público en anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 83, de fecha 8 de abril de 2025, página 385.
Lo cual se publica, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, insertándose a
continuación el texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal número 7, reguladora de la tasa por el ejercicio de la venta fuera de un establecimiento comercial y permanente (mercadillo).
“Artículo 19. La cuantía de la tasa será la fijada por la siguiente tarifa:
1. Mercadillo semanal:
— Puestos fijos: 1 euro metro lineal.
— Puestos no fijos: 2,02 euros metro lineal.
2. Ferias:
— Puestos de alimentación: 40 euros metro lineal.
— Resto de puestos: 30 euros metro lineal.
3. Feria de la Sierra Norte:
— Puestos de alimentación: 50 euros puesto de 3 metros por 3 metros.
— Resto de puestos: 30 euros puesto de 3 metros por 3 metros”.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Buitrago del Lozoya, a 29 de mayo de 2025.—El alcalde, Francisco Javier del Valle
Morales.
(03/8.544/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 150
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B.O.C.M. Núm. 136
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
BUITRAGO DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250609-45
Se considera aprobado definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones durante el trámite de información pública llevado a efecto, el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2025, en virtud del cual
se aprobó, con carácter inicial, la modificación de la “ordenanza fiscal número 7, reguladora de la tasa por el ejercicio de la venta fuera de un establecimiento comercial y permanente (mercadillo)”, y que ha sido expuesto al público en anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 83, de fecha 8 de abril de 2025, página 385.
Lo cual se publica, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, insertándose a
continuación el texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal número 7, reguladora de la tasa por el ejercicio de la venta fuera de un establecimiento comercial y permanente (mercadillo).
“Artículo 19. La cuantía de la tasa será la fijada por la siguiente tarifa:
1. Mercadillo semanal:
— Puestos fijos: 1 euro metro lineal.
— Puestos no fijos: 2,02 euros metro lineal.
2. Ferias:
— Puestos de alimentación: 40 euros metro lineal.
— Resto de puestos: 30 euros metro lineal.
3. Feria de la Sierra Norte:
— Puestos de alimentación: 50 euros puesto de 3 metros por 3 metros.
— Resto de puestos: 30 euros puesto de 3 metros por 3 metros”.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Buitrago del Lozoya, a 29 de mayo de 2025.—El alcalde, Francisco Javier del Valle
Morales.
(03/8.544/25)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791