Pedrezuela (BOCM-20250609-56)
Régimen económico. Padrón fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 136

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE JUNIO DE 2025

Pág. 161

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56

PEDREZUELA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20250609-56

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por
Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se hace público para general conocimiento que,
mediante resolución de Alcaldía de 5 de junio de 2025, se ha aprobado el padrón fiscal correspondiente al ejercicio 2025 de la tasa por limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos, por un importe total de trescientos ochenta y ocho mil doscientos treinta y
ocho euros con doce céntimos (388.238,12 euros), compuesto por:
— 3.353 recibos correspondientes a viviendas y otros inmuebles residenciales, por
importe de 361.093,62 euros.
— 177 recibos correspondientes a comercios y usos económicos, por importe de 27.144,50
euros.
El padrón aprobado comprende un total de 3.530 recibos, siendo el primero correspondiente al contribuyente con iniciales AC y el último al contribuyente con iniciales ZMP.
El citado padrón y las liquidaciones integrantes del mismo estarán expuestos al público por un plazo de veinte (20) días hábiles, contados desde el siguiente al de publicación
del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón
de anuncios del Ayuntamiento y en su sede electrónica.
Durante dicho plazo, los interesados podrán examinar el expediente y, en su caso, interponer recurso de reposición contra el acuerdo de aprobación del padrón y/o las liquidaciones en él contenidas, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente
al de finalización del período de exposición pública, de conformidad con el artículo 14.2.c)
del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Asimismo, se pone en conocimiento de los obligados al pago que el plazo para el ingreso en período voluntario será del 1 de junio 2025 al 31 de julio de 2025 y se podrá realizar
en las entidades bancarias colaboradoras u oficinas municipales en los horarios habituales.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin haberse satisfecho las
deudas, se iniciará el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período
ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, conforme a
los artículos 26 y 161 de la Ley General Tributaria.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en la sede electrónica
de esta entidad https://pedrezuela.sedelectronica.es/
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Pedrezuela, a 5 de junio de 2025.—El alcalde, Rodrigo García Zafra.
(01/9.142/25)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791