Navalafuente (BOCM-20250610-66)
Organización y funcionamiento. Reglamento Teletrabajo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 137
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE JUNIO DE 2025
Pág. 211
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
NAVALAFUENTE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20250610-66
El Pleno del Ayuntamiento de Navalafuente, en sesión extraordinaria celebrada el 27
de mayo de 2025, acordó la aprobación inicial y, con carácter definitivo si durante el trámite de información pública no se formulan reclamaciones, del Reglamento Regular del Teletrabajo en este Ayuntamiento.
Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevé el artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local (LBRL), durante el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la inserción de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Los interesados podrán examinar el expediente de referencia que se encuentra a su disposición en las
dependencias del Ayuntamiento de Navalafuente, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas,
y presentar, en su caso, las reclamaciones, reparos u observaciones que consideren oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.
En el caso de que no se formulen las reclamaciones, reparos u observaciones, durante
el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se considerará elevado automáticamente a definitivo.
En Navalafuente, a 28 de mayo de 2025.—El alcalde, Javier Rubio de Gregorio.
(03/8.644/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 137
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Pág. 211
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
NAVALAFUENTE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20250610-66
El Pleno del Ayuntamiento de Navalafuente, en sesión extraordinaria celebrada el 27
de mayo de 2025, acordó la aprobación inicial y, con carácter definitivo si durante el trámite de información pública no se formulan reclamaciones, del Reglamento Regular del Teletrabajo en este Ayuntamiento.
Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevé el artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local (LBRL), durante el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la inserción de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Los interesados podrán examinar el expediente de referencia que se encuentra a su disposición en las
dependencias del Ayuntamiento de Navalafuente, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas,
y presentar, en su caso, las reclamaciones, reparos u observaciones que consideren oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.
En el caso de que no se formulen las reclamaciones, reparos u observaciones, durante
el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se considerará elevado automáticamente a definitivo.
En Navalafuente, a 28 de mayo de 2025.—El alcalde, Javier Rubio de Gregorio.
(03/8.644/25)
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ISSN 1989-4791